Boletines/Lujan
Decreto Nº 559
Lujan, 07/04/2025
EX-2025-00043369- -MUNILUJAN-DRH#SGPC -Renuncia Larruina Daniela
Visto
el expediente EX-2025-00043369-MUNILUJAN-DRH#SGPC, mediante el cual tramita la renuncia presentada por la agente municipal de planta temporaria Daniela Larruina; y
Considerando
Que en orden Nº 02, se incorpora en el presente expediente mediante informe gráfico NºIF-2025- 00043483-MUNILUJAN-DRH#SGPC, telegrama de renuncia presentada por la agente Larruina, a partir del 1° de abril de 2025.
Que en orden Nº 03, el Director de Recursos Humanos toma conocimiento de la renuncia presentada por la agente Daniela Larruina y solicita que se informe la situación de revista al Departamento de Personal.
Que, en efecto surge de la situación de revista obrante en orden N° 05 que la agente Daniela Larruina, legajo N° 7952, titular del DNI N°25.848.745, ingresó a esta Comuna el 01 de julio de 2023, y revistiendo en la planta temporaria como Personal Docente - Profesora de 30 hs. cátedra taller, desempeñando funciones en la Dirección de Niñez y Adolescencia.
Que en orden Nº 07, el Secretario de Desarrollo Humano, toma vista y presta conformidad a la renuncia presentada por la agente Larruina.
Que corresponde aceptar la renuncia presentada por la agente Daniela Larruina, legajo N° 7952, titular del DNI N°25.848.745, conforme a lo expuesto en los considerandos anteriores, a partir de 01 de abril 2025.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por los artículos 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58, y conforme lo establecido por los artículos 98 inc. b) y 99 de la Ley N°14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Aceptase la renuncia presentada por la agente municipal de planta temporaria Daniela LARRUINA, legajo N° 7952, titular del DNI N°25.848.745 , al cargo que ocupa en la comuna como personal docente - profesora de 30 hs. cátedra taller, desempeñando funciones en la Dirección de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a partir del 1° de abril de 2025.
Artículo 2°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese