Boletines/Lujan

Decreto Nº553

Decreto Nº 553

Lujan, 04/04/2025

Aprueba contrato de locación de obra con Ana Clara Borsini

Visto

Que por Expediente EX-2025-00038353 -MUNILUJAN-SDH, se solicita la contratación de la Dra. Ana Clara Borsini, para desempeñarse en Dirección de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, y

Considerando

Que la Secretaría de Desarrollo Humano ha fundamentado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la imposibilidad e incompetencia para cubrir la prestación con profesionales existentes afectados a la misma.

Que a PV-2025-00039128-MUNILUJAN-SDH impulsa la contratación la Secretaría de Desarrollo Humano.

Que a PV-2025-00039259-MUNILUJAN-SJG tomó vista y conocimiento la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Que a PV-2025-00040316-MUNILUJAN-DRH#SGPC tomó conocimiento e intervención la Dirección de Recursos Humanos.

Que a PV-2025-00040729-MUNILUJAN-SEF tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que a PV-2025-00042179-MUNILUJAN-CM#SEF-MUNILUJAN-CM#SEF tomó vista la Contaduría Municipal e informa la imputación presupuestaria.

Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébese el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Luján y la contratación de la Dra. Ana Clara Borsini, para desempeñarse en la Secretaría de Desarrollo Humano, desde el 1° de abril hasta al 31 de diciembre del 2025.-

Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma de Pesos cuatro millones cincuenta mil ($4.050.000,00-) que se abonará en nueve (09) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000-).

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.-Secretaria de Desarrollo Humano.

45.01.-Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

110.-Tesoro Municipal. 3.4.9.0.-Otros

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-