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Decreto Nº549

Decreto Nº 549

Lujan, 03/04/2025

EX-2025-00007322- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Asignación Bonificación por Disposición Permanente Acosta Juan Manuel

Visto

el expediente EX-2025-00007322-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramita la asignación de bonificación por disposición permanente, para el agente municipal Juan Manuel Acosta; y

Considerando

Que en orden Nº 02, el Secretario de Desarrollo Humano, conjuntamente con el Director de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, solicita la asignación de bonificación por disposición permanente, del 20% para el agente Juan Manuel Acosta, en virtud de efectuar tareas por fuera de su carga horaria, en los eventos realizados en el marco del Programa RecreArte.

Que en orden Nº 03, el Director de Recursos Humanos, en el marco de sus competencias, toma conocimiento de lo requerido, y solicita informe situación de revista del agente mencionado, asimismo informa que lo requerido se encuentra contemplado en el artículo Nº27 de la Ordenanza Nº 8725.

Que en orden Nº 05, se incorpora mediante informe identificado Nº IF-2025-00008865-MUNILUJANDRH#SGPC, situación de revista efectuado por el Departamento de Personal, en el cual indica que el agente Juan Manuel Acosta, titular del DNI Nº28.586.530, legajo Nº 5173, reviste en la planta permanente como personal obrero clase VII de 48 hs. semanales, desempeñando funciones en la Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica.

Que en el orden Nº 10, el Subsecretario de Participación Ciudadana a cargo de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, toma vista y conocimiento de lo requerido.

Que en orden Nº 12, toma vista y presta conformidad el Jefe de Gabinete para el otorgamiento de la bonificación requerida.

Que en orden Nº 14, el Secretario de Economía y Finanzas presta conformidad para el otorgamiento de la bonificación solicitada.

Que en orden Nº 16, toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contadora Municipal.

Que, conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de lo solicitado por el Secretario de Desarrollo Humano, corresponde asignar la bonificación por disposición permanente del 20% al agente Juan Manuel Acosta, a partir del 1° de abril de 2025.

Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656.

Por ello; 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Asígnese la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE DEL 20% al agente municipal de planta permanente, que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, dependiente de la Secretaría de Desarrollo, a partir del 1° de abril de 2025: PERSONAL OBRERO CLASE VII DE 48 HS. SEMANALES ACOSTA, Juan Manuel, legajo Nº 5173.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

43.01.- Abordaje Territorial.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.