Boletines/Lujan
Decreto Nº 537
Lujan, 03/04/2025
EX-2024-00175564- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Desestima reclamo agente Cussino María Gabriela
Visto
el expediente EX-2024-00175564 -MUNILUJAN-DRH#SGPC; y
Considerando
Que luce en documento IF-2024-00175831-MUNILUJAN-DRH#SGPC nota de fecha 26 de noviembre de 2024, de María Gabriela CUSSINO, legajo N°4677, actual Personal Docente – Bibliotecaria, en el Instituto Municipal Superior de Educación y Tecnología "Dr. Emilio Fermín Mignone", por el cual solicita reconocer sus servicios “docentes” correspondientes al período 2005 al 2007, y al período 2012 a 2013 inclusive, en el cual indica que sus tareas han sido como “docente”, y considera que corresponde haber efectuado los aportes previsionales del 16%, por otra parte, acompaña documentación como prueba de su reclamo.
Que previo a analizar el reclamo, la Dirección de Recursos Humanos solicita por Providencia N° PV-2024- 00175892-MUNILUJAN-DRH#SGPC se informe la situación de revista de la agente CUSSINO.
Que en efecto, por Providencia N° PV-2024-00176537-MUNILUJAN-DRH#SGPC el Departamento de Personal confecciona un informe con la situación de revista de la agente María Gabriela CUSSINO, legajo N°4677, en el cual detalla los actos administrativos y categorías en las cuales revistió desde su ingreso a esta Comuna, y deja constancia que la misma reingresó a esta Comuna el día 08 de febrero de 2008, revistando actualmente como Personal Docente - Bibliotecaria, de 20 horas semanales, de la Planta Permanente, en el Instituto Municipal de Educación y Tecnología "Dr. Emilio Fermín Mignone" - DIEGEP N° 2457.
Que por Informe Gráfico N° IF-2024-00176081-MUNILUJAN-DRH#SGPC lucen contratos y actos administrativos en los cuales la agente Cussino es parte.
Que a su vez, por Informe Gráfico N° IF-2024-00176086-MUNILUJAN-DRH#SGPC consta copia del Expediente N°4069-864/2008 sobre la designación como personal administrativa en la entonces Subdirección de Educación.
Que por otra parte, por Informe Gráfico N° IF-2024-00176089-MUNILUJAN-DRH#SGPC consta copia del Expediente N°4069-4006/2012 sobre la solicitud de recategorización de la agente Cussino, requerida por el entonces Subdirector de Educación.
Que el Departamento de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección de Recursos Humanos, incorpora certificación digital de servicios prestados en esta Municipalidad, según consta en Informe Gráfico N° IF2024-00177722-MUNILUJAN-DRH#SGPC.
Que habiendo incorporado documentación referida al reclamo de la agente CUSSINO, la Dirección de Recursos Humanos emite opinión por Providencia N° PV-2024-00178880-MUNILUJAN-DRH#SGPC, en la que concluye, entre otras cuestiones que: “(…) la agente tomó conocimiento desde el inicio de su incorporación a esta Comuna que se trataba de un cargo en el agrupamiento Personal, no así como Personal Docente, razón por la cual, este Municipio ha realizado las retenciones de forma correcta toda vez que su tipo de servicio era común por los períodos 08/02/2008 al 14/02/2010, 15/02/2010 al 10/03/2011, y 11/03/2011 al 31/05/2013. Por otra parte, surge que la agente solicitó su recategorización como Personal Docente, en el año 2012, y tramitó por Expediente 4069/4006-2012, y la misma fue rechazada por no existir cargo vacante durante ese ejercicio. A su vez, la agente por el período 15/02/2010 al 10/03/2011 se desempeñó como Personal Jerárquico, cuyas competencias y funciones responden a tareas ajenas a las de un Personal Docente, o en su defecto, al cargo Bibliotecario/a. Tanto los agrupamientos Administrativo y Jerárquico, se definen como servicios de tipo común, con una retención de aportes previsionales del 14% de las remuneraciones que perciben los agentes por dicha actividad.”, y por útlimo, solicita intervención de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana y Dirección Legal.
Que en efecto, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana por Providencia N° PV-2025- 00022778-MUNILUJAN-SGPC manifiesta acuerdo con la opinión de la Dirección de Recursos Humanos y solicita en ese acto opinión de la Secretaría Legal y Técnica.
Que por Providencia N° PV-2025-00027585-MUNILUJAN-DL#SLT la Dirección Legal solicita la digitalización de su legajo para un examen integral de la documentación.
Que en efecto, por Informe Gráfico N°IF-2025-00027982-MUNILUJAN-DRH#SGPC#SGPC se incorpora copia del Expediente N° EX-2023-00086148- -MUNILUJAN-DRH#SGPC caratulado como “MARIA GABRIELA CUSSINO DNI 21.508.004 SOLICITA INICIO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO S/RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD”.
Que por Providencia N° PV-2025-00028002-MUNILUJAN-DRH#SGPC la Dirección de Recursos Humanos deja constancia de la digitalización a través de LUE del legajo de la agente CUSSINO.
Que por otro lado, por Informe Gráfico N°IF-2025-00032979-MUNILUJAN-DRH#SGPC se incorpora título superior de Bibliotecaria Auxiliar de la agente CUSSINO.
Que conforme el estado de las actuaciones, la Directora Legal emite el Dictamen N° DICTA-2025-11-EMUNILUJAN-DL#SLT, en el cual analiza, entre otras cuestiones que: “(…) se evidencian dos cuestiones que tienen misma conclusión: la primera es que la agente pretende idéntico resultado frente a dos supuestos diferentes, cuestión que deviene imposible; la segunda es que la administración se ciñe a los actos válidamente emitidos para las retenciones previsionales en mérito a la designación que a su respecto se realiza. (…), a lo que finalmente concluye: “(…) se entiende que el proceder de la comuna en lo concerniente a retenciones previsionales sobre los haberes de la agente Cussino guarda estricta correspondencia con los actos administrativos emitidos para las designaciones y funciones asignadas a aquélla. Por lo tanto, no existiendo acto administrativo que avale el planteo esgrimido por la agente, corresponderá desestimar el mismo.”
Que por Providencia N°PV-2025-00036956-MUNILUJAN-SGPC la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma conocimiento del dictamen legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo dando por desestimado el reclamo formulado en fecha 26 de noviembre de 2024, de María Gabriela CUSSINO, legajo N°4677, actual Personal Docente – Bibliotecaria, por las razones indicadas anteriormente y de los informes producidos.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº6769/58.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Desestimase el reclamo formulado por la agente municipal de planta permanente María Gabriela CUSSINO, legajo N°4677, actual Personal Docente – Bibliotecaria, en fecha 26 de noviembre de 2024, por las razones expuestas en los considerandos.
Artículo 2°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.