Boletines/La Plata
Decreto Nº 2057/25
La Plata, 22/08/2025
Visto
el expediente Nº 4061-2067408/2025, por el cual se solicita la creación del Programa “Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar”; y
Considerando
Que la Secretaría de Desarrollo Social inicia las presentes actuaciones, solicitando la creación del Programa “Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar”, que tendrá como objeto fortalecer y ampliar la red de intervención comunitaria con el fin de promover el acceso al derecho de educación, nutrición y servicios públicos destinado a familias y grupos prioritarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad;
Que por Decreto N° 4198/23, la Secretaría de Desarrollo Social tiene entre sus Misiones y Funciones elaborar proyectos y gestionar programas orientados a los sectores sociales en estado de vulnerabilidad así como diseñar, ejecutar, evaluar y monitorear planes y programas orientados a la seguridad alimentaria, la inclusión social y la protección y promoción de derechos de poblaciones en situación de vulnerabilidad social;
Que las Trabajadoras Vecinales Voluntarias (TVV), históricamente conocidas como “Manzaneras”, han sido reconocidas por la Ley N° 14.245 de la Provincia de Buenos Aires;
Que la experiencia acumulada en procesos de organización comunitaria, combinada con el desarrollo de tecnologías aplicadas a la gestión de políticas públicas, permite impulsar la formalización, la capacitación y la digitalización, posibilitando intervenciones territoriales más eficaces y sostenibles;
Que el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires ha evaluado favorablemente el proyecto a implementar, destacando que se encuadra adecuadamente dentro de los parámetros de los términos de la Ley 13.163 del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales;
Que para la implementación de esta iniciativa es condición necesaria la creación de una Unidad Ejecutora que permita dotar al Programa de estructura organizativa, que coordine las acciones requeridas y garantice la participación activa de las distintas secretarías, áreas municipales y actores de la comunidad, asegurando su monitoreo, evaluación y continuidad;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de Mujeres y Diversidad, la Secretaría de Producción e Innovación Tecnológica, la Secretaría General, la Secretaría de Educación y la Secretaría de Eficacia Administrativa e Información Estratégica;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley N° 6769/58 “Ley Orgánica de Municipalidades”;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Créase el programa “Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar”, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, con el objeto de fortalecer y ampliar la red de intervención comunitaria en el ámbito del municipio de La Plata, promoviendo el acceso a derechos como la educación, la nutrición y servicios públicos, a familias y grupos prioritarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad, conforme Anexo I que forma parte integrante del presente.-
ARTÍCULO 2°: Créase en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social, la Unidad Ejecutora del Programa “Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar”, que tendrá como funciones la coordinación de las acciones requeridas y la implementación de la iniciativa en el ámbito municipal, impulsando la representación y participación efectiva de funcionarios/as de gobierno y equipos técnicos así como actores no gubernamentales.-
ARTÍCULO 3°: Determínase que la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección General de Política Alimentaria dependiente de la Subsecretaría de Inclusión Social, en el marco de sus misiones y funciones, estará a cargo de la implementación del Programa” Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar”, así como de la coordinación de la Unidad Ejecutora creada por el artículo que antecede.-
ARTICULO 4°: Dispóngase que la Unidad Ejecutora creada por el artículo 2° del presente, estará conformada por una Coordinación General, una Mesa de Coordinación Municipal integrada por un/a responsable por la Secretaría General; un/a responsable por la Secretaría de Educación; un/a responsable por la Secretaria de Mujeres y Diversidades; un/a responsable por la Secretaría de Seguridad; un/a responsable por la Secretaría de Eficacia Administrativa e Información Estratégica; un/a responsable por la Secretaría de Producción e Innovación Tecnológica como miembros permanentes; por un Equipo Técnico y una Mesa Consultiva Ad Honorem, conforme las funciones y responsabilidades detalladas en el Anexo II que forma parte integrante del presente decreto.-
ARTICULO 5°: Déjase establecido que la estructura de intervención territorial del Programa “Manzaneras. Cuidar, Nutrir y Organizar” se organizará por zonas y localidades del municipio de La Plata, conforme el modelo de Red de Trabajadoras Vecinales Voluntarias establecido en el Anexo II que forma parte integrante del presente.-
ARTICULO 6°: Las erogaciones que se realicen por el presente decreto serán imputados al Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales.-
ARTÍCULO 7°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 8°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial Municipal, publíquese. Cumplido, archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente. Lic. Nicolas Carvalho. Secretario de Desarrollo Social.
ANEXO
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