Boletines/La Plata

Decreto Nº2203/25

Decreto Nº 2203/25

La Plata, 10/09/2025

Visto

el expediente N° 4061-2073690/2025, por el cual se solicita la creación del Programa “ALIMENTAR SABERES”; y

Considerando

Que la Secretaría de Gobierno inicia las presentes actuaciones, solicitando la creación del Programa “ALIMENTAR SABERES”, dependiente de la Dirección General de Acción Territorial, con el objeto de promover alimentación sana y segura desde una perspectiva integral, fomentando hábitos alimentarios saludables y buenas prácticas de manipulación de alimentos en la comunidad, con el aprovechamiento de los recursos disponibles;

Que el acceso a una alimentación saludable constituye un derecho humano fundamental, reconocido y amparado por nuestro ordenamiento jurídico integral;

Que la promoción de buenos hábitos alimentarios y de prácticas seguras en la manipulación de alimentos contribuye al cuidado de la salud individual y colectiva;

Que en el Partido de La Plata se desarrollan actividades de producción, comercialización y distribución de alimentos, tanto en el ámbito privado como en espacios comunitarios, requiriendo para ello capacitación específica y habilitación formal;

Que resulta fundamental fortalecer los saberes comunitarios y promover el protagonismo social en la construcción de entornos alimentarios más saludables, seguros y soberanos;

Que la implementación de este programa permitirá acercar información confiable y accesible a la población, mejorar el aprovechamiento de los recursos disponibles en los hogares y espacios comunitarios, y contribuir al fortalecimiento del derecho a una alimentación sana, segura y soberana;

Que, las funciones de la Dirección General de Acción Territorial dependiente de la Secretaría de Gobierno, son entre otras "Desarrollar Estrategias de abordaje territorial, en articulación con otras áreas municipales y organizaciones de la sociedad civil para el fortalecimiento de la comunidad";

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias la Secretaría de Hacienda y Finanzas, Jefatura de Gabinete, la Secretaría Administrativa, la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Secretaría de Salud;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley N°6769/58 “Ley Orgánica de Municipalidades”;

Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Créase el Programa “ALIMENTAR SABERES”, dependiente de la Dirección General de Acción Territorial de la Secretaría de Gobierno, con el objeto de promover una alimentación sana y segura desde una perspectiva integral, fomentando hábitos alimentarios saludables y buenas prácticas de manipulación de alimentos en la comunidad, con el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, conforme memoria descriptiva que como Anexo Único forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2º: La Secretaría de Gobierno a través de la Dirección General de Acción Territorial, adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto por el artículo precedente.-

ARTÍCULO 3°: Las erogaciones que se realicen por el presente decreto se atenderán con las asignaciones de partida del presupuesto vigente, encuadrándose en la Categoría Programática 01: Actividad Central de la Secretaría de Gobierno. Fuente de Financiamiento 110.-

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno-

ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial Municipal, publíquese. Cumplido, archívese.-

 

Dr. Julio Alak. Intendente. Guillermo H. Cara. Secretario de Gobierno.

Anexos