Boletines/La Plata
Decreto Nº 2169/25
La Plata, 04/09/2025
Visto
el expediente Nº 4061-2074021/2025 por el cual tramita la Licitación Pública Nº 19/2025, en la cual la Secretaría General solicita la provisión de “Caños de hormigón reforzado”; y
Considerando
Que la Secretaría General dio inicio al trámite de la contratación por Licitación Pública N° 19/2025, que tiene por objeto la provisión de "Novecientas (900) unidades de caño de hormigón reforzado de 1,20 x 0.60 metros; setecientas (700) unidades de caños de hormigón reforzado de 1,20 x 0.80 metros y cien (100) unidades de caño de hormigón reforzado de 1,20 x 1 metro", conforme surge del Anexo al Decreto N° 1402/2025, conforme lo normado por los artículos 9°, 13 y siguientes, Capítulos I y II, del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 1340/94), los artículos 131 y 132 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios (Decreto Nº 1555/22), el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6769/1958), con sus normas modificatorias y complementarias;
Que, mediante el Decreto Nº 1402/2025, de fecha 17 de junio de 2025, se autorizó el procedimiento y la convocatoria de oferentes a la Licitación Pública N° 19/2025 en el marco de la normativa antes citada, y se aprobó, además, el Pliego de Bases y Condiciones y Anexo;
Que, surge del Acta de Apertura de Ofertas correspondiente a la Licitación Pública N° 19/2025; de fecha 1° de agosto de 2025, la concurrencia de tres (3) empresas oferentes, con las que se conformó el Listado Comparativo de Precios;
Que, la Contaduría General informa la imputación presupuestaria de los gastos con cargo al ejercicio 2025;
Que a fojas 234 la Dirección General de Compras ha confeccionado el informe de preadjudicación en el cual propone “-PREADJUDICAR la presente contratación a favor de la firma MOLDEADOS BB S.C.A. los ítems 1, 2 y 3, por ser la más conveniente a los intereses fiscales de la Comuna, en la suma total de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($122.159.000,00),y RECHAZAR las ofertas presentadas por ZETTA GUANES S.A.S, toda su propuesta, por incumplir con lo establecido en el artículo 13°, incisos b) y j) del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 1402/2025 y ORGANIZACIONES RAFUL S.A., los ítems 1, 2 y 3, por ser inconvenientes a los intereses fiscales de la Comuna”;
Que se ha expedido la Secretaría Administrativa;
Que la Subsecretaría Legal ha emitido el dictamen legal de su competencia;
Que conforme a lo expuesto, se procede al dictado del correspondiente acto administrativo en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/1958);
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Apruébase lo actuado en la Licitación Pública N° 19/2025, que tiene por objeto la provisión de "Novecientas (900) unidades de caño de hormigón reforzado de 1,20 x 0.60 metros; setecientas (700) unidades de caños de hormigón reforzado de 1,20 x 0.80 metros y cien (100) unidades de caño de hormigón reforzado de 1,20 x 1 metro", conforme surge del Anexo al Decreto N° 1402/2025, solicitada por la Secretaría General, conforme los artículos 9°, 13 y siguientes, de los Capítulos I y II del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 1340/94), los artículos 131 y 132 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios (Decreto Nº 1555/22), el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6769/1958), con sus normas modificatorias y complementarias.-
ARTÍCULO 2°: Adjudícase la Licitación Pública N° 19/2025, a la firma: MOLDEADOS BB S.C.A., ítems 1, 2 y 3 por ser la más conveniente a los intereses fiscales de la Comuna, en la suma total de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($122.159.000,00), por los motivos expuestos en los Considerando de la presente.-
ARTÍCULO 3°: Recházase las ofertas presentadas por las firmas ZETTA GUANES S.A.S, toda su propuesta, por no cumplir con lo establecido en el artículo 13, incisos b) y j) del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 1402/2025 y ORGANIZACIONES RAFUL S.A., los ítems 1, 2 y 3, por resultar inconvenientes a los intereses fiscales de la Comuna.-
ARTÍCULO 4°: Determinase que el egreso que demande la aplicación del presente gasto será atendido con cargo a la siguiente imputación: Unidad Ejecutora 21, Secretaría General; Jurisdicción 1110187000; Fuente de Financiamiento 110- Tesoro Municipal.-
ARTÍCULO 5º: Estipúlase que, de corresponder, a los efectos del pago se aplicará lo establecido en la Ley N° 11.838.-
ARTÍCULO 6º: Autorízase la devolución de la garantía de oferta a las firmas oferentes, previa aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte de la firma adjudicataria. Estipúlase que la firma adjudicataria deberá dar cumplimiento a la presentación de la garantía de cumplimiento de contrato conforme lo normado por el Decreto N° 1402/2025.-
ARTÍCULO 7º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario Administrativo y el Secretario General.-
ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial Municipal, publíquese y pase a la Dirección General de Compras a sus efectos. Cumplido, archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente. Anibal Norberto Gómez. Secretario General. Dr. Santiago Matías Ávila. Secretario Administrativo.