Boletines/La Plata

Decreto Nº1616/25

Decreto Nº 1616/25

La Plata, 03/07/2025

Visto

el Expediente Nº 4061-2061467/2024 por el cual tramita la Licitación Pública N° 13/2025, que tiene por objeto la contratación del "SERVICIO MENSUAL INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA URBANA” , y  

Considerando

Que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD dió inicio al trámite de la contratación por Licitación Pública N° 13/2025, que tiene por objeto la contratación del "SERVICIO MENSUAL INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA URBANA”, conforme lo normado por los artículos 9°, 13 y siguientes, Capítulos I y II, del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº1340/94), los artículos 131 y 132 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios  (Decreto Nº 1555/22), el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6769/1958), con sus normas modificatorias y complementarias;

Que, mediante el Decreto N° 827, de fecha 3 de abril de 2025, se aprobó el llamado y la elección del procedimiento de la Contratación por Licitación Pública N° 13/2025 en el marco de la normativa antes citada, y se aprobó, el Pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos I, II, III, IV y V;

Que, surge del Acta de Apertura de Ofertas correspondiente a la Licitación Pública Nº 13/2025, de fecha 8 de mayo de 2025, la concurrencia de dos (2) empresas oferentes;

Que, el Secretario Administrativo conformó, ad referéndum del Poder Ejecutivo, la Comisión de Evaluación Técnica para la Licitación Pública N° 13/2025;

Que, en ese orden, la citada Comisión, mediante Acta de fecha 28 de mayo de 2025, aconseja dejar sin efecto la presente contratación y proceder a la elaboración de un nuevo pliego, en atención a la escasa participación de oferentes y a que la desestimación de una de las dos propuestas presentadas podría guardar relación con ciertas exigencias contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones, que limitaría la concurrencia de empresas interesadas;

Que, en igual sentido, el Secretario de Seguridad por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, solicita dejar sin efecto la presente contratación, recomendando la elaboración de un nuevo Pliego de Bases y Condiciones que, manteniendo los niveles de calidad requeridos, permita una mayor participación de oferentes, en resguardo del interés público comprometido;

Que se ha expedido la Secretaría Administrativa;

Que la Subsecretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia;

Que conforme a lo expuesto, se procede al dictado del correspondiente acto administrativo en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/1958);

Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Apruébase y convalídase lo actuado en la Licitación Pública N° 13/2025, solicitada por la Secretaría de Seguridad que tiene por objeto la contratación del "SERVICIO MENSUAL INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA URBANA” , con un presupuesto oficial que asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CON 00/100 ($10.728.000.000,00), conforme surge del Decreto N° 827/2025, en virtud de los artículos 9° y 13 y siguientes, de los Capítulos I y II del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 1340/94), los artículos 131 y 132 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios  (Decreto Nº 1555/22), el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6769/1958), con sus normas modificatorias y complementarias.-

ARTÍCULO 2º: Déjase sin efecto la Licitación Pública N° 13/2025,  que tiene por objeto la contratación  del "SERVICIO MENSUAL INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA URBANA” , conforme lo previsto en el artículo 23° del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado para la presente contratación por el Decreto N° 827/2025.

ARTÍCULO 3º: Autorízase la devolución de la garantía de oferta a las firmas oferentes, y de los Sobres N° 2 correspondientes a sus respectivas ofertas económicas.

ARTÍCULO 4°: Autorízase a la Tesorería Municipal a efectuar la devolución del importe abonado en concepto de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente a la Licitación Pública N° 13/2025.

ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario Administrativo y el Secretario de Seguridad.

ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial Municipal, publíquese y pase a la Dirección General de Compras a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

Dr. Julio Alak. Intendente. Dr. Santiago Matías Ávila. Secretario Administrativo. Dr. Diego M. A. Pepe. Secretario de Seguridad.