Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1232
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/05/2025
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2 Y N°3, de la obra: "INSTALACIÓN GAS NATURAL J.I. N° 918”, ejecutada por la empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N°20986, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto N°290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que se elevan planillas de análisis de Precios Redeterminados en forma Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2 Y N°3, para la obra a cargo de la Empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A., cuya Fecha de Licitación - Mes Base fue el 04/04/2024, la Fecha de Contrato el 14/05/2024, y con un Plazo de obra de 120 días.-
Que en el caso del certificado redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO; el mes de Facturación fue Junio 2024, el mes de corte fue Junio 2024, con una redeterminación definitiva de $948.402,20; del CERTIFICADO N° 1, el mes de ejecución fue Mayo 2024, el mes de corte fue Mayo 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $1.131.449,21, con una redeterminación definitiva de $1.116.339,59 y una diferencia en menos de $15.109,62; del CERTIFICADO N° 2, el mes de ejecución fue Junio 2024, el mes de corte fue Junio 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $2.169.297,52, con una redeterminación definitiva de $2.142.716,33 y una diferencia en menos de $26.581,19; y CERTIFICADO N° 3, el mes de ejecución fue julio 2024, el mes de corte fue julio 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), sin redeterminación provisoria, con una redeterminación definitiva de $369.915,97. El resultado arroja un total a abonar de $1.276.627,36.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que la Redeterminación deberá abonarse por un monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($1.276.627,36).-
Que, el Departamento Técnico considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fs. 25/26 obra Acta Acuerdo, por la cual ambas partes convienen los precios redeterminados que constan en el Anexo I para la obra motivo de las presentes actuaciones. Este procedimiento se encuentra plasmado en los artículos 20°, 21° y 22° de la normativa nombrada.-
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente; lo informado por el Departamento Proyectos y Obras y la imputación realizada a fojas 24 vta. por Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios definitiva de la obra: "INSTALACIÓN GAS NATURAL J.I. N° 918”, correspondiente al ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2 Y N°3 por un monto de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($41.103.473,95), conforme el Acta Acuerdo y su Anexo I obrante a fojas 25/26 del presente expediente y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º de la ordenanza N°20.986.-
ARTICULO 2°: Abonar el monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($1.276.627,36).-, correspondiente a la diferencia de los cálculos finales de la redeterminación de precios definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2 Y N°3 de la obra: "INSTALACIÓN GAS NATURAL J.I. N° 918”, en un todo de acuerdo con la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo y su Anexo I, obrante a fojas 25/26, considerandos y antecedentes obrantes en expediente Nº 416R-1110-2024-3-0.-
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr.62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma LASCO CONSTRUCCIONES S.A. por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento e incorporar copia del presente decreto al expediente de obra Nº416R-1110-2024. Cumplido; ARCHÍVESE.-