Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1810
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/07/2025
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al CERTIFICADO Nº 14 de la obra: "REFACCIÓN EDILICIA - EP. N° 27, ES. N° 4 Y JI. N° 907 - CABILDO", adjudicada a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. mediante Decreto Nº 3635/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base fue el 11/08/2023; la Fecha del Contrato fue el 26/09/2023; Acta de Replanteo de fecha 01/12/2023.-
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986. Asimismo, se constató que la empresa contratista alcanzó el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado.
Que al CERTIFICADO Nº 14 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de Enero 2025, el cual es mes de ejecución de los trabajos; la Fecha de Publicación de los índices fue el 28/02/2025; la Fecha de Presentación de la empresa 05/03/2025. El porcentaje de avance con respecto a la curva de inversiones fue del 91,26%.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que se apruebe la redeterminación del CERTIFICADO Nº 14 por el monto de PESOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($71.946.693,57.-), donde se deberá retener $ 3.597.334,68 en concepto del 5% por Garantía de Contrato y $ 3.597.334,68 en concepto del 5% correspondiente a la Garantía de Fondo de Reparo.-
Asimismo, conforme el art. 12 inc. c de la Ordenanza N.º 20986, se acredita la renuncia a cualquier reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del presente proceso, incluida en el certificado de redeterminación, firmado por la contratista.
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fojas 37 la Secretaría de Obras y Servicios Públicos eleva dictamen, mediante el cual deja expresamente aclarado que en este caso, no observa impedimento legal que realizar al pedido de la empresa contratista.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de Precios del CERTIFICADO Nº 14 de la obra: "REFACCIÓN EDILICIA - EP. N° 27, ES. N° 4 Y JI. N° 907 - CABILDO", por un monto total de PESOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($71.946.693,57.-), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 416R-1835-2025.-
ARTÍCULO 2º: Para el Pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese; dése al RO; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Proyectos y Obras y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorporándose copia del presente Decreto al expediente por el cual se tramitó la obra N°416R-5219-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-