Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 636/25
Hipólito Yrigoyen, 24/06/2025
Corresp.Exp.4057-966/25.-
DECRETO Nº 636/25.
Visto
Las actuaciones del Expediente Nº 4057-966/25 por medio del cual se solicita iniciar SUMARIO ADMINISTRATIVO sobre situación acaecida con el agente Barrios, Jonathan Javier.-
Que se da inicio a las mismas en virtud de nota obrante a Fs. 2 donde la Administradora del Hospital Municipal, Sra. Gabriela Pessolano Filos manifiesta que ha tomado conocimiento de que el agente Barrios se ha dirigido a retirar un envío personal de Mercado Libre en la ambulancia municipal, y dentro del horario laboral.-
Las fotografías obrantes a fs.3 y 4.-
La situación de revista de fs. 5 del agente Barrios, Jonathan Javier;
El acta a fs. 7donde el Contador del Hospital Municipal ratifica lo informado a fs.2; y
Considerando
Que tomado conocimiento de la nota presentada en la Secretaría de Asuntos Legales por parte delaAdministradora del Hospital Municipal informando que había tomado conocimiento por medio de fotografías que el Sr. Barrios Jonathan Javier se dirigió a retirar un pedido personal de Mercado Libre en la ambulancia municipal y en horario laboral; solicitando el inicio de las actuaciones administrativas;
Que a fs. 3 y 4 se adjuntan las fotografías que certifican lo expresado en acta;
Que a fs.05 se adjunta la situación de revista del agente Barrios, donde se deja constancia de que no posee antecedentes de sumarios administrativos.-
Que a fs.07 comparece a la Secretaría de Asuntos Legales el Contador del Hospital Municipal a ratificar lo expresado a fs.02 y dejando constancia además de que el mismo agente municipal fue el que reconoció lo sucedido, y se puso a disposición de las sanciones que correspondan;
Que dentro de las obligaciones delos agentes, la Ordenanza 30/20 prescribe: “Prestar los servicios en forma personal, regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño, a la productividad y a la eficiencia de la Administración Municipal” (Art.71 inc. a);“Cuidar los bienes municipales, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su custodia, utilización y examen” (art.71 inc. c).-
Que dentro del art. 72 se establecen las prohibiciones, entre las cuales están: b) Arrogarse atribuciones que no le correspondan; e) Retirar o utilizar, con fines particulares los bienes municipales y los documentos de las reparticiones públicas, así como también, los servicios de personal a su orden, dentro del horario de trabajo que el mismo tenga fijado.-
Que por su parte el artículo 76 establece que, son causas para aplicar sanciones disciplinarias correctivas enunciadas en los incisos a, b y c, del artículo 75, :1. Incumplimiento reiterado del horario fijado. 2. Falta de respeto a los superiores, iguales o al público. 3. Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones. 4. Inasistencia injustificada a la convocatoria de reconocimiento médico por la Junta Médica Local, encontrándose debidamente notificado.-
Que el artículo 77 prescribe que “podrán sancionarse hasta con cesantía al agente por: 1. Abandono del servicio sin causa justificada; 2. Faltas reiteradas en el cumplimiento de sus tareas o falta grave respecto al superior en la oficina o en el acto de servicio; 3. Inconducta notoria; 4. Incumplimiento de las obligaciones determinadas en el artículo 71°, salvo cuando origine las sanciones establecidas en el artículo anterior; 5. Quebrantamiento de las prohibiciones dispuestas en artículo 72°; 6. Incumplimiento intencional de órdenes legalmente impartidas.-
Que del mismo modo, en el Art. 19 inc. u) establece la garantía del debido proceso adjetivo en los sumarios como derechos de los agentes, entre otros mencionados.-
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere El INTENDENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: ORDENESE la instrucción de un Sumario Administrativo en relación a la situación laboral acaecida sobre el agente BARRIOS JONATHAN JAVIER Legajo Nº 6074 en un todo de acuerdo a los fundamentos expuestos en el exordio del presente.-------------------------------------
ARTICULO SEGUNDO: DESIGNESE agente sumariante a la Secretaria de Asuntos Legales, delegándole las facultades de citar a las partes, recabar pruebas, ordenar la producción de las mismas, diligenciar las notificaciones que considere, realizar pedidos de informes y de realizar todas las actividades propias a fin de la sustanciación ordenada en el presente.-------------------------------------
ARTICULO TERCERO: ORDENESE secreto de sumario conforme al art.117 de la Ordenanza 30/20.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO CUARTO: Previo a la sustanciación del procedimiento, y a fin de garantizar el derecho a la defensa de las partes involucradas, notifíquese a las mismas con copia del presente.------------------
ARTÍCULOQUINTO: Cumplidos los recaudos del artículo que antecede dese intervención a la Secretaria de Asuntos Legales a fin de dar consecución a lo ordenado en el presente acto administrativo.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.------------------
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA DIRECTORA HOSPITAL MUNICIPAL INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martín Arpigiani Dra. Analia Perez Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni