Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 5008/25
Adolfo Alsina, 25/06/2025
VISTO: La solicitud formulada por la Asociación Cooperadora del Hospital "José de San Martín" de la ciudad de Carhué, que diera origen al Expediente Nº: 4001-0783/2025, de eximición del pago de la tasa de "Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal", por el período fiscal 2025, que grava las Partidas Nº 7.129 y 19.888, correspondientes a los inmuebles rurales heredados de la señora Aida Dolores BALBÍN, Expediente Judicial Nº 14828-2021, Juzgado de Paz de Adolfo Alsina. Y;
CONSIDERANDO: Que por Ordenanza Nº: 4977/2025 se faculta al Poder Ejecutivo a eximir por el período comprendido desde el 1 de enero 2025 al 31 de diciembre de 2025 del pago de Tasas Municipales. En su capítulo Quinto, artículo 8 expresa taxativamente que podrán eximirse del Pago de la Tasa de "Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal": a) Los productores agro-ganaderos comprendidos en la Ordenanza Nº 3632/11.- b) Las Instituciones Educativas de la Nación o Provincia de Buenos Aires con inmuebles en área rural o zonas quintas, destinadas a Sedes Educativas.- c) Las entidades Deportivas con inmuebles en Área Rural o zonas quintas destinados a complejos o campos deportivos.-
Que a fojas 6 de las actuaciones, la Asesoría Letrada Municipal dictamina que no corresponde otorgar la eximición de la Tasa solicitada por no ser una entidad incluida en el artículo 8 de la citada norma.-
La necesidad de autorizar por excepción el pedido de la Asociación Cooperadora, en virtud del gran aporte que la institución realiza en beneficio de todos los habitantes del Partido de Adolfo Alsina. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a eximir del pago de la Tasa de "Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal", por vía de excepción, a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL "JOSÉ DE SAN MARTÍN" de la ciudad de Carhué, respecto de las Partidas Nº 7.129 y N° 19.888, por el Ejercicio 2025.-
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-
Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”