Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº656

Resolución Nº 656

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/05/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud efectuada por GOENAGA, Marcela Fabiana, D.N.I 24.889.049, Contribuyente Nº86.154, mediante la que solicita efectuar un único pago anual correspondiente a la Tasa por Otros Servicios Municipales, conforme lo normado en el Artículo 261º Inciso c) de la Ordenanza Fiscal 2024, y;

CONSIDERANDO

Que a fojas 2 acompaña nota de solicitud con fecha 15 de marzo de 2024 en la que expone que reúne con los requisitos establecidos en la norma;

Que de fojas 3 a 10 obra documentación aportada a fin de evaluar lo requerido por parte interesada;

Que a fojas 11 se adjuntan Estado de Deuda de Comercio del Contribuyente Nº86.154;

Que a fojas 12 el Departamento de Recaudación informa que: la actividad desarrollada es personal y que no requiere de un capital mayor al de $765.000 para el año 2024; la facturación no supera el monto promedio mensual de $433.500 para el año 2023; el contribuyente ha cumplido con el pago del primer ejercicio fiscal, por lo que corresponde autorizar a GEONAGA, Marcela Fabiana, contribuyente Nº86.154, a efectuar un pago único anual para el ejercicio fiscal 2024, el cual deberá ser de $12.750 según lo establecido en el artículo Nº52 inciso 15) de la Ordenanza Impositiva 2024:

Que el Artículo Nº261 inciso c) de la Ordenanza Fiscal 2024 en su parte pertinente establece:“…El pago de la tasa deberá efectuarse en el momento de otorgarse autorizaciones, cuando resulte pertinente, o en el tiempo y forma que para el resto de los casos establezca la Ordenanza Impositiva, según corresponda. Casos especiales: (…) c) Oficios y profesiones sin local: Se habilita una categoría especial de contribuyentes de esta tasa para quienes desarrollen oficios y profesiones, quienes tributarán bimestralmente desde su inscripción y podrán solicitar, a partir del ejercicio fiscal siguiente al de su inscripción, efectuar un único pago anual por un valor que fijará la Ordenanza Impositiva, siempre que reúnan las siguientes condiciones: 1) Para el desarrollo de su actividad sea imprescindible su trabajo personal y no requiera de un capital mayor al equivalente a 300 módulos.- 2) Que la facturación del año calendario inmediato anterior no supere un monto promedio mensual equivalente a los 170 módulos. 3) Que hayan cumplido con el pago de la presente tasa correspondiente a todos los bimestres exigidos por el primer ejercicio de actividad…”

Que el Artículo 52º inciso 15) de la Ordenanza Impositiva 2024 establece “…Por los conceptos que se detallan a continuación, se abonarán los siguientes valores: (…) 15 -Casos especiales según Artículo 261º inciso c) de la Ordenanza Fiscal abonarán anualmente.5.00 módulos…”;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Público de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021;

RESUELVE

ARTICULO 1°): Autorizase a GOENAGA, Marcela Fabiana, D.N.I 24.889.049, Contribuyente Nº86.154 a realizar un pago único anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024 por un valor de PESOS DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($12.750.-) en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2°): Cúmplase, publíquese y dese al Registro Oficial, notifíquese, tome nota Departamento de Recaudación, hecho: ARCHÍVESE.