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Decreto Nº2084

Decreto Nº 2084

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/08/2025

Visto las presentes actuaciones, atento al informe elevado a fs.1 por la Subsecretaria de Desarrollo Social y Territorial solicitando la aprobación del Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Institución Patronato de la Infancia de Bahía Blanca representado por su Presidente Sr. Ramón Apolo Centurión DNI Nº 13.419.749, por el alquiler de las instalaciones sito en calle Zapiola Nº 855 de la ciudad de Bahía Blanca, las cuales estarán destinadas a albergar personas que se encuentran en situación de calle y a la habilitación de un centro de evacuados para alojar a familias afectadas ante situaciones de emergencia climática, con vigencia a partir del 7 de Julio de 2.025 y hasta el 6 de Julio de 2.028; en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría a fs. 1 vta., contando con la visación del mencionado contrato por parte de la Subsecretaria de Legal y Técnica a fs. 8/10, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades
 

- D E C R E T A -

Articulo 1º Registrar el Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Institución Patronato de la Infancia de Bahía Blanca, por el alquiler de las instalaciones sito en calle Zapiola Nº 855, las cuales serán destinadas a albergar personas que se encuentran en situación de calle y a la habilitación de un centro de evacuados para alojar familias afectadas ante situaciones de emergencia climática, a partir del 7 de Julio de 2025  y hasta el 6 de Julio de 2028.

Articulo 2º Autorizar a Contaduría General a liquidar a favor del Instituto Patronato de la Infancia de Bahía Blanca C.U.I.T 30-52883723-5, Cuenta Corriente en Pesos Nº 000344/3, Banco de la Provincia de Buenos Aires (Sucursal 06207), CBU 0140460-30162070003443-6 la suma de pesos cuatro millones ($ 4.000.000) mensuales en concepto de alquiler, importe que será actualizado cada cuatro meses conforme al Indice de Inflación IPC general arrojado mediante pagina web oficial del Centro Regional de Estudios Económicos de Bahía Blanca (CREEBA).

Articulo 3º Establecer que el pago dispuesto en el Articulo 1º se realizará mediante la confección de expedientillos mensuales a través de la Subsecretaria de Desarrollo Social y Territorial, con oportuna rendición de cuentas.

Articulo 4º Autorizar a Contaduría General a liquidar mensualmente el pago de los servicios del inmueble arrendado de acuerdo a lo establecido en cláusula décima del Contrato de Locación registrado en el Articulo 1º.

Articulo 5º El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000; Fuente: 110; Cat. Programática: 64.00, Gasto: 3.2.1.0. del Presupuesto de Gasto Vigente.

Articulo 6º Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.

Articulo 7º Cúmplir, notificar, publicar, dar al RO. Tomar nota Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial  y gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación. Cumplido: Archivar.