Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1018
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/08/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de un Permiso de funcionamiento interpuesta por Sergio Nicolás POPA SOTO, D.N.I. N° 92.452.224, Contribuyente Nº94840, para la comercialización en la vía pública mediante un puesto fijo, bajo el rubro VENTA DE CUBANITOS, situado en la calle Luiggi Ingeniero N° 0, entre calles Brown y Luis María Drago, de la ciudad de Bahía Blanca y;
CONSIDERANDO
Que de fojas 3 a 6 y de 17 a 21, obra documentación presentada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fojas 14, se adjunta Acta de Inspección N.º 91322, de fecha 16 de julio de 2025, en la que se deja constancia que reúne todo lo requerido en la Ordenanza Nº 11866;
Que consultada la cuenta corriente del Contribuyente N°. 94840, se observa que el mismo se encuentra al día;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 11866, concordantes y modificatorias;
Que a fojas 23, el Departamento Habilitaciones informa que, habiéndose cumplimentado con los requisitos conforme a la Ordenanza N° 11866 que regula la actividad, corresponde otorgar el permiso de funcionamiento por el término de un (1) año a partir de su notificación, a Sergio Nicolás POPA SOTO, para desarrollar actividades bajo el rubro VENTA DE CUBANITOS;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
-R E S U E L V E-
ARTÍCULO 1º)- Otorgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Sergio Nicolás POPA SOTO, D.N.I. N° 92.452.224, Contribuyente Nº94840, por el término de (1) un año a partir de su notificación, para la explotación en la vía pública mediante un puesto fijo para desarrollar actividades bajo el rubro VENTA DE CUBANITOS en el domicilio de calle Luiggi Ingeniero N° 0, entre calles Brown y Luis María Drago, de la ciudad de Bahía Blanca, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.
ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dese al Registro Oficial, hecho: Archívese.