Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 128
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/08/2025
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma "PLANETA EMPANADA S.R.L.", solicita la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental para su establecimiento ubicado en calle Juan Manuel de Rosas N°3565, de la localidad y partido de Bahía Blanca, cuyo rubro es "Elaboración de productos alimenticios" clasificado de Primera Categoría (N.C.A: 14 ptos) según Disposición Nº DISPO-2024-2501-GDEBA-DPEIAMAMGP, de acuerdo con las Leyes Provinciales Nº 11.459 y 15.107, Decreto Nº 531/2019 y modificatorio Nº 973/2020, y las Resoluciones N° 475-OPDS-2019, 494-OPDS-2019; y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con el informe emitido por el Departamento Control y Fiscalización Ambiental de fs. 128 a 130 del expediente de referencia, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 531/19 y Ley Modificatoria N° 15.107 y con las ordenanzas municipales vigentes.
Atento a lo expuesto, a la Resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SUBSECRETARIO DE AMBIENTE, en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 182 de la Ley Orgánica,
R E S U E L V E
PRIMERO: Otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma "PLANETA EMPANADA S.R.L.", cuyo rubro es "Elaboración de productos alimenticios" clasificado como de Primera Categoría (N.C.A: 14 ptos) ubicado en Juan Manuel de Rosas N°3565, de la localidad y partido de Bahía Blanca, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11.459, registrándose bajo el Nº 501.-
SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de cuatro (4) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11.459.-
TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11.459.-
CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-
QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tome nota el Departamento Control y Fiscalización Ambiental y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-
ANEXO 1
CONDICIONANTES
DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
EVALUACIÓN DE IMPACTOS Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN
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IMPACTO |
TAREA Y/O DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR |
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Informe de aislación acústica |
Deberán entregar nuevo informe de aislación acústica cuando esté en funcionamiento el sector de cocina, el cual tiene cuatro extractores. |
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Aparatos sometidos a presión |
Deberán exhibir el ensayo correspondiente e inscripción del aparato sometido a presión ante el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires (compresor 200 L, ubicado en sector de mantenimiento). PLAZO 30 DÍAS |
Se deja constancia que la firma deberá dar estricto cumplimiento a todos los requerimientos enunciados en la presente, dentro de los plazos estipulados, bajo apercibimiento de revocación de la presente certificación.
Departamento de Control y Fiscalización Ambiental
Subsecretaría de Ambiente