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Resolución Nº1172

Resolución Nº 1172

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/08/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de un  Permiso de funcionamiento interpuesta por Federico VILLANUEVA, con CUIT 27-27537736-9, Contribuyente Nº 93220A, para la explotación en eventos de un Food Truck para la Venta de papas fritas;

CONSIDERANDO

Que a fs.27 obra Resolución Nº 478/2024 de fecha 20 de marzo de 2024 mediante la cual se le otorga el correspondiente permiso de funcionamiento, con vencimiento el día 24 de julio de 2025;

Que a fs.31 se adjunta Acta de Inspección Nº 092001 de fecha 17/07/2025 en la que deja constancia que el food truck reúne todos los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº19044;

Que la solicitud de renovación ha sido interpuesta con fecha 13 de agosto de 2025, conforme constancias obrantes a fs. 33;

Que de fs.34/39 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 19044, concordantes y  modificatorias;

Que atento a los informes producidos por el Departamento Habilitaciones, el Departamento Recaudación y las restantes áreas y profesionales intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

            Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Federico VILLANUEVA, con CUIT 27-27537736-9, Contribuyente Nº 93220A, para la explotación en eventos de un Food Truck para la Venta de papas fritas, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 02 de septiembre de 2026, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.

ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.