Boletines/Tandil
Decreto Nº 2506/2025
Tandil, 02/09/2025
Visto
El Decreto N° DECTO-2025-1419-E-MUNITAN-INT
Considerando
Que los agentes municipales realizan tareas fuera del horario habitual, tales como el reparto de tributos municipales, notificaciones e intimaciones, entre otras.
Que dichas tareas se abonan en el marco de la Ley Nº 14656.
Que la realización de estas tareas por parte de los agentes bajo las condiciones mencionadas, se considera conveniente para el Municipio.
Que resulta razonable proceder a actualizar los valores establecidos en el decreto referido.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Establézcanse los siguientes valores por unidad para las tareas efectuadas por los agentes municipales fuera del horario habitual, que tendrán vigencia para las tareas realizadas a partir del 01° de JULIO de 2025:
• Notificaciones de la Agencia de Ingresos Municipales: $ 411,13
• Notificaciones fehacientes bajo firma (incluye Sec, Legal y Técnica): $ 1427,24
• Notificaciones fehacientes bajo firma zona alejada (incluye Sec, Legal y Técnica): $ 2140,86
• Reparto de Tributos Municipales: $ 211,36
• Reparto de Boletín Municipal: $ 211,36
• Armado de reparto foráneo de Tributos Municipales: $ 42,85
• Gestión de conversión a factura digital y Domicilio Especial Electrónico: $ 856,28
• Gestión de conversión a factura digital y Domicilio Especial Electrónico foráneos: $ 1427,2
Artículo 2º: Establézcanse los siguientes valores por unidad para las tareas efectuadas por los agentes municipales fuera del horario habitual, que tendrán vigencia para las tareas realizadas a partir del 01° de AGOSTO de 2025 en adelante:
• Notificaciones de la Agencia de Ingresos Municipales: $ 431,69
• Notificaciones fehacientes bajo firma (incluye Sec, Legal y Técnica): $ 1498,60
• Notificaciones fehacientes bajo firma zona alejada (incluye Sec, Legal y Técnica): $ 2247,90
• Reparto de Tributos Municipales: $ 221,93
• Reparto de Boletín Municipal: $ 221,93
• Armado de reparto foráneo de Tributos Municipales: $ 45,00
• Gestión de conversión a factura digital y Domicilio Especial Electrónico: $ 899,09
• Gestión de conversión a factura digital y Domicilio Especial Electrónico foráneos y domicilio especial electrónico: $ 1498,60
Artículo 3º: El detalle de lo actuado por cada agente deberá ser remitido a la Dirección de Recursos Humanos, estableciéndose como límite el día 15 de cada mes.
Artículo 4º: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida específica de gastos en personal del Prepuesto de Gastos vigente.
Artículo 5º: Deróguese el Decreto N° DECTO-2025-1419-E-MUNITAN-INT
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secrtetario de Economía y Administración.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, pase a la Agencia de Ingresos Públicos: Dirección de Rentas y Finanzas y Dirección de Ingresos Públicos, Secretaría de Gobierno, Contaduría General, Dirección de Recursos Humanos y oportunamente pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Jesús Martín Echeverría (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Subsecretaría de Economía y Administración - Intendencia