Boletines/Tandil

Decreto Nº2454/2025

Decreto Nº 2454/2025

Tandil, 28/08/2025

Visto

Los convenios de Alta de PIAS transcriptos en el Lote Nº 3182 del Registro Único de Beneficiarios (RUB) para el corriente período y;

Considerando

Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración, por sus áreas, la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.

Que los datos consignados en el anexo de PIAS corresponden a titular del beneficio, monto y medio de pago.

Que los datos complementarios, como los correspondientes al lugar o institución en la cual se ejerce la contraprestación, fecha de alta y finalización, carga horaria y tarea a realizar, se encuentran consignados en el Lote 3182 correspondiente del R.U.B. y en los legajos físicos que contienen cada convenio individual en cada dependencia originante,

Que a su vez cada dependencia originante es encargada del control de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza 17.136 para el alta en el Programa,

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorícese a la Secretaría de Economía y Administración el pago de Programa Integral de Abordaje Sociocomunitario (PIAS) correspondientes a la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat por un total de $ 43.278.900,00 (cuarenta millones doscientos setenta y ocho mil novecientos pesos) correspondientes a 229 (doscientos veintinueve) registros, según la nómina consignada en el ANEXO A - PIAS Lote 3182 - SDHyH del presente decreto.

Artículo 2°: Los pagos autorizados en el Artículo 1º deberán ser abonados a través de los medios de pago correspondientes según la información detallada en los siguientes anexos:

ANEXO B - PIAS Lote 3182 - Ticketera - SDHyH: $ 494.500,00 (3 Registros)

ANEXO C - PIAS Lote 3182- Transferencia Bancaria - SDHyH: $ 42.784.400,00 (226 Registros)

Artículo 3º: La erogación a producirse se imputará a la partida indicada por la Dirección de Presupuesto.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

 

Firma Digital: Juliana Teerink (Secretaria)                 -         Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

      Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat             -                         Intendencia

Anexos

ANEXO A

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ANEXO B

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ANEXO C

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