Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1057/25
Coronel Pringles, 02/07/2025
Visto
el Expediente N° 1.220/2025 iniciado por la Ing. BOHN Ángela, Directora de Ambiente y Espacio Público; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita la compra de una bomba sumergible para el pozo de bombeo de la Planta Depuradora;
Que tiene un punto de funcionamiento de trabajo de Q=250/280 m3/h – H=20 mca y sus características técnicas de adjuntan a fs. 03, de la bomba sumergible, para el pozo de bombeo de efluentes cloacales, ya que es esencial para garantizar la continuidad del sistema;
Que desde el punto de vista técnico-operativo, la incorporación de al menos dos bombas en el pozo de bombeo de efluentes cloacales es esencial para garantizar la continuidad del sistema. La presencia de una bomba secundaria asegura la continuidad del servicio ante una eventual falla mecánica, eléctrica o de mantenimiento de la bomba principal. Esto es especialmente crítico en el sistema cloacal donde la interrupción del bombeo puede provocar contaminación ambiental y riesgos sanitarios;
Que al funcionar con una única bomba, cualquier operación de mantenimiento preventivo o correctivo implica detener el sistema, lo cual es técnicamente inaceptable para este tipo de infraestructuras que deben operar de manera continua. El no funcionamiento del pozo de bombeo paraliza todo el sistema de tratamiento, debido a que es el punto de entrada del efluente y es el lugar donde se eleva la presión del mismo para que luego funcione todo el sistema por gravedad, por lo que esto provoca la inutilización total de las instalaciones y, en consecuencia, el no funcionamiento de la misma, que implica el vuelco sin tratar. Asimismo, al no poder bombear los líquidos, estos comienzan a acumularse en cañerías, debiendo resolverse de forma inmediata antes que las bocas de registros de la ciudad comiencen a tener nivel de agua y provoquen la no evacuación de los líquidos cloacales y el rebalse de los mismos en los domicilios. Con un sistema de al menos dos bombas, una puede ser retirada para mantenimiento mientras la otra continúa operando, sin interrumpir el flujo de efluentes;
Que por lo expuesto corresponde realizar el llamado Concurso de Precios N° 41/25 para la “COMPRA DE SEGUNDA BOMBA PARA POZO DE BOMBEO”, con un Presupuesto Oficial de $24.500.000,00, IVA y seguros incluidos, fijando el día 22 de julio de 2025 la apertura de propuestas, a las 12:00 horas en la Oficina de Compras de la Municipalidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones de la Concurso de Precios N° 41/25 para la “COMPRA DE SEGUNDA BOMBA PARA POZO DE BOMBEO”, con un Presupuesto Oficial de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($24.500.000,00) IVA y seguros incluidos.
ARTÍCULO 2°: Llámese a Concurso de Precios N° 41/25 para la “COMPRA DE SEGUNDA BOMBA PARA POZO DE BOMBEO”, con un Presupuesto Oficial de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($24.500.000,00) IVA y seguros incluidos, fijando la apertura de propuestas el día 22 de julio de 2025, a la hora 12:00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad.
ARTÍCULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 17.03.00 “Planta Depuradora”, Partida 4.3.1.0. “Maquinarias y Equipos de Producción”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTÍCULO 4°: La Oficina de Compras cursará las invitaciones a las casas del ramo inscriptas en el Registro de Proveedores municipal.
ARTÍCULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.057/25.