Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1007/25
Coronel Pringles, 24/06/2025
Visto
el Expediente N° 1.217/2025, iniciado por la Empresa Gaetano Ingeniería S.R.L; y
Considerando
Que a fs. 1 solicita autorización para realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Extensión de Cañería de Gas Natural en calle Paraguil (12) entre calle Lorenzo D‘Ippolito (36) y calle S/N, de la localidad de Coronel Pringles, consistente en la excavación de una zanja de 155 metros lineales de longitud;
Que la Dirección de Obras e Infraestructura manifiesta que no existe red de cloacas en el lugar, así mismo informa que en los lugares que no existen cordón cuneta se deberán mantener los niveles de terreno, ya que no existen proyectos con niveles definidos en dicha zona, se exige además que la tapada de cañerías en calle y veredas será la reglamentada por Camuzzi Gas Pampeana para la extensión de red de gas;
Que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, encargándose dicha empresa del zanjeo, tapada, así como también de la señalización, de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes adjuntas de fs. 6 a 9 del Expediente N° 1.217/25;
Que la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese a la firma GAETANO INGENIERIA S.R.L. a realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Extensión de Cañería de Gas Natural en calle Paraguil (12) entre calle Lorenzo D‘Ippolito (36) y calle S/N, de la localidad de Coronel Pringles, consistente en la excavación de una zanja de 155 metros lineales de longitud, así mismo la Dirección de Obras e Infraestructura informa que no existe red de cloacas en el lugar, y que donde no existe cordón cuneta se deberá mantener los niveles de terreno, ya que no existen proyectos con niveles definidos en dicha zona, se exige además que la tapada de calle y veredas será la reglamentada por Camuzzi Gas Pampeana para la extensión de red de gas, realizando la posterior tapada y compactación de la excavación, encargándose el requirente del zanjeo y tapada, así como también de la señalización de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, previo pago de la tasa “Derechos Técnicos” – art. 23°, inc. 5) de la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTICULO 2°: Los montos que surjan de lo dispuesto en el artículo 1° ingresarán a la Cuenta “Derechos de Construcción” del Cálculo de Recursos vigente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.007/25.