Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1169
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/05/2025
VISTO el presente expediente iniciado como ALCANCE N° 1 del Expediente Nro. 416R-7289-2024, relacionado con la obra "REFACCIONES SUM JI N° 940", ejecutada por la empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A.; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Ordenanza Nº 20.986, que adhirió al Decreto 290/21 de la Provincia de Buenos Aires, la empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A. como contratista de la obra de referencia, que le fuera adjudicada por Decreto 3566/2024, presenta la solicitud de redeterminación de precios provisoria del ANTICIPO FINANCIERO de la obra de referencia, dentro de los plazos estipulados por el art. 12 inc. a de la normativa citada.
Que la variación de precios entre el mes base (Noviembre 2024), y el mes de facturación del Anticipo Financiero (Diciembre 2024), es del 10,7115%, arrojando un monto provisorio redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA CON SEIS CENTAVOS ($645.630,06.-), por lo que el Departamento Proyectos y Obras confecciona el pertinente certificado de redeterminación obrante a fs. 21. La empresa presenta Póliza Nº 360267 de la compañía aseguradora EVOLUCIÓN SEGUROS S.A. por un monto de $1.690.000,00.- en caución por el 5% correspondiente a la garantía de contrato; y la Póliza N° 361662 por el monto de $1.690.000 en caución por el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo. Cabe aclarar que la póliza de garantía de fondo de reparo y la póliza de garantía de contrato presentada por la empresa, cubren las retenciones de los certificados de obra como así también las retenciones de las redeterminaciones de precios.-
Asimismo, conforme el art. 12 inc. c de la Ordenanza Nº 20986, se acredita la renuncia a cualquier reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del presente proceso, incluida en el certificado de redeterminación, firmado por la contratista.
Que a fs. 28 y 28 vta, el abogado de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y el Subsecretario de Obras Públicas, validan el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente; lo informado por el Departamento Proyectos y Obras y la imputación realizada a fojas 28 vta. por Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios provisoria en el marco de la Ordenanza Nº 20986, solicitada por la empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A., correspondiente a la obra: "REFACCIONES SUM JI N° 940", conforme el certificado redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO.-
ARTÍCULO 2º: Ordenar al Departamento Contaduría General a abonar a la Empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A. en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y documentación acompañada, el monto de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA CON SEIS CENTAVOS ($645.630,06.-), correspondiente a la redeterminación provisoria del ANTICIPO FINANCIERO, contra la presentación de la factura correspondiente,.-
ARTICULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; notifíquese a la empresa interesada con copia del Certificado de ANTICIPO FINANCIERO Redeterminado; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras