Boletines/Villarino

Decreto Nº791

Decreto Nº 791

Villarino, 27/08/2025

DECFC-2025-791-MUNIVLLRN-INT

Visto

EX-2025-00077965- -MUNIVLLRN-SDRH#SCPCGM, caratulado Ordenanza Municipal nº4289/2025 “
Programa de Retiro Voluntario.-“, y

Considerando

Que mediante IF-2025-00169791-MUNIVLLRN-SDRH#SCPCGM, presentado por el agente municipal PINELA
Marcelo, legajo nº 2140, en la cual solicita el “Retiro Voluntario”, conforme a lo establecido en la Ordenanza
Municipal Nº 4289/2025 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Villarino, reunido en Sesión
Ordinaria celebrada el día 28 de Mayo de 2025, y
Que en su artículo 1º establece: “La indemnización reconocida al agente que se acogerá al presente Programa
de Retiro Voluntario, tendrá como base de cálculo la categoría actual del agente, considerando su carga
horaria, debiendo tener una antigüedad mínima de un año en dicha categoría. En caso de antigüedad menor, se
aplicará la remuneración correspondiente a la categoría previa al ascenso. El Departamento Ejecutivo
Municipal podrá optar la misma en un pago único, dentro de los 30 días corridos de otorgado el retiro, o en
forma mensual, es decir un sueldo por mes, comenzando a abonarlo dentro de los 30 días corridos de otorgado
el retiro, debiendo actualizar mensualmente la base de cálculo conforme al valor de la categoría del agente al
momento del pago”, y
Que según DECFC-2025-531-E-MUNIVLLRN-INT, el cual promulga dicha Ordenanza, y
Que el citado agente integra la Planta Permanente del Personal, cumpliendo funciones como Personal Obrero,
cumpliendo funciones en la Agencia de Energías Renovables (A.E.R.A.) de la localidad de Pedro Luro, contando
con una antigüedad de catorce (14) años de servicio ininterrumpidos en este Municipio, y
Que de acuerdo al Dictamen emanado de la Dirección de Recursos Humanos, el citado agente reúnen los
requisitos exigidos para acceder al beneficio en cuestión, atento que se encuentra dentro de la Planta Permanente
Municipal con estabilidad y con la antigüedad correspondiente, y

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES

ARTICULO 1º. Dispóngase el cese del agente PINELA Marcelo, legajo nº 2140, DNI Nº 32.701.499, a partir
del día 01/09/2025, por acogimiento al régimen de “Retiro Voluntario”, reglamentado por la Ordenanza
Municipal nº 4289/2025, considerando la categoría 5, cargo 6, régimen de cuarenta (40) hs. semanales, del
agrupamiento 5, Personal Obrero.-
ARTICULO 2º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos, procédase a abonar al agente informado en el artículo
1º, una indemnización equivalente a catorce (14) sueldos que se calculará sobre la mejor remuneración normal y
habitual neta percibida por el trabajador, excluyéndose las cargas de familia, los descuentos de Ley y el Sueldo
Anual Complementario, se abonará en forma mensual, es decir un sueldo por mes.-
ARTICULO 3º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos, procédase a abonar al agente informado en el
artículo 1º, Sueldo Anual Complementario 2º cuota año 2025, proporcional al día 31/08/2025 inclusive y
Licencia Anual no Gozada año 2025 proporcional diecinueve (19) días.-
ARTICULO 4° El gasto que demande la erogación informada en los artículos 2º y 3º deberá imputarse a la
JURISDICCION 1110102000, SECRETARIA DE GOBIERNO, Categoría Programática 01.00.00, A.E.R.A..-
ARTICULO 5°. Notifíquese al interesado.-
ARTICULO 6°. Registrar. Dar al R.O., cumplido archivar.-