Boletines/Lujan
Decreto Nº 440
Lujan, 18/03/2025
EX-2024-00155456- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Pase y cambio de imputación Barquilla María Gimena - Reducción Horaria
Visto
el expediente EX-2024-00155456-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramita el pase y cambio de imputación presupuestaria de la agente municipal María Gimena Barquilla; y
Considerando
Que en orden Nº 02, mediante nota incorporada como informe gráfico Nº IF-2024-00155499- MUNILUJAN-DRH#SGPC, la agente María Gimena Barquilla, solicita su pase al Juzgado de Faltas.
Que en orden nº 03, mediante nota incorporada como informe gráfico Nº IF-2024-00155512- MUNILUJAN-DRH#SGPC, la agente ut supra mencionada, solicita reducción de su jornada laboral.
Que en orden Nº 04, el Director de Recursos Humanos, toma vista y conocimiento, solicitando al Departamento de Personal informe de situación de revista del agente Barquilla.
Que en orden Nº 06, el Departamento de Personal incorpora informe de situación de revista identificado como Nº IF-2024-00156399-MUNILUJAN-DRH#SGPC, del cual surge que la agente María Gimena Barquilla, ingresó a esta Comuna el 11 de octubre del 2016 y reviste actualmente en la planta permanente como inspector fiscalizador de 48 hs. semanales, percibiendo en sus haberes bonificación por título del 08%, bonificación por conductor del 08%, bonificación por tareas riesgosas, penosas y/o insalubres y bonificación del 15% Guardia Urbana.
Que en orden Nº 08, el Secretario de Seguridad toma vista y presta conformidad al pase de la agente Barquilla.
Que en orden Nº 12, luce memorándum de pase Nº ME-2024-00157495-MUNILUJAN-DRH#SGPC, en el cual informa que la agente de planta permanente María Gimena Barquilla, a partir del 28 de octubre del 2024, paso a desempeñar funciones al Juzgado de Faltas.
Que en orden Nº 15, el Secretario de Economía y Finanzas, toma vista y presta conformidad.
Que en orden Nº 20, el Director de Recursos Humanos, informa que se dejará sin efecto la Bonificación “Guardia Urbana”, dado que no desempeña sus funciones en la Dirección de Seguridad de la Secretaría de Protección Ciudadana.
Que en orden Nº 22, el Juez de Faltas, informa las tareas a realizar por la agente Barquilla, solicitando mantener las bonificaciones por conductor y tareas penosas, riesgosas o insalubres.
Que en orden Nº 26, luce informe de la Contaduría Municipal correspondiente a la imputación presupuestaria.
Que, conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, corresponde efectuar el cambio de imputación presupuestaria de la agente Barquilla, al Juzgado de Faltas, dependiente de la Secretaria General de la Intendencia, asimismo limitar la bonificación “Guardia Urbana”.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58, artículo 66° de la Ley N°14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.-Dispónese el pase y cambio de imputación presupuestaria de la agente municipal de planta permanente, María Gimena Barquilla, legajo N° 6830, actual inspector fiscalizador de 48 hs. semanales, al Juzgado de Faltas, dependiente de la Secretaría General de la Intendencia, a partir del 28 de octubre 2024.
Artículo 2º.-Autorízase la reducción horaria de 48 a 40 hs. semanales a la agente municipal de planta permanente, María Gimena Barquilla, legajo N° 6830, actual inspector fiscalizador, quien presta servicios en el Juzgado de Faltas, a partir del 1° de marzo de 2025.
Artículo 3º.- Limítese la bonificación “guardia urbana” del 15%, establecida en el artículo Nº 36 de la Ordenanza Nº 8725, a la agente María Gimena Barquilla, legajo N° 6830, a partir del 1° de marzo de 2025.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º y 2º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
01.- Conducción Superior.
01.- Conducción Superior.
02.- Juzgado de Faltas.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 5°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.