Boletines/Lujan
Decreto Nº 436
Lujan, 18/03/2025
EX-2025-00033286- -MUNILUJAN-HCD - Promulgación ORDENANZA Nº8732 Desígnase con el nombre "Centro Cultural Municipal Doña Ana de Matos" edificio Mitre y Padre Salvaire
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante, en su Sesión de fecha 11 de enero de 2025 ha sancionado la ORDENANZA Nº8732.
Considerando
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan del artículo 108 inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Promúlgase la ORDENANZA N°8732, cuyo texto se transcribe a continuación: “El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Desígnase con el nombre "Centro Cultural Municipal Doña Ana de Matos" al edificio ubicado en las calles Mitre y Padre Salvaire, que se encuentra emplazado en la parcela identificada catastralmente como Partido: 64 (Luján) Circunscripción: 1 Sección: D Fracción: 2 Parcela: 2.-
Artículo 2º.- Establézcase que el nombre, designado en el artículo precedente, quedará institucionalizado en toda documentación oficial, señalética urbana, comunicación pública y actos administrativos relacionados con el Centro Cultural.-
Artículo 3º.- Incorpórase una placa conmemorativa en el acceso principal del edificio, con la siguiente leyenda:
“Centro Cultural Municipal Doña Ana de Matos”
n honor a la mujer visionaria que donó las tierras del Santuario, forjó los cimientos de Luján.
Administradora, benefactora y guardiana de nuestra identidad. 1615-1690. César Siror
Presidente del HCD
Leonardo Boto
Intendente Municipal
Artículo 4º.- Encomiéndase a la Secretaría de Culturas y Turismo la realización de actividades pedagógicas anuales que difundan el legado de Doña Ana de Matos, utilizando el centro como espacio de exposiciones, charlas históricas y recorridos temáticos.-
Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su promulgación, a la Secretaría de Culturas y Turismo para su implementación, y a la Junta Municipal de Asuntos Históricos para su registro.-
Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.-
María José Dángelo César Gabriel Alejandro Siror
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante de Luján Honorable Concejo Deliberante de Luján”
Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-