Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 493/2025
Veinticinco de Mayo, 11/06/2025
Visto
el Expediente Nº 4118-04440/2024 para el llamado a Licitación Pública Nº 9/2024 para la obra “TERMINACIÓN DEL HOGAR ALBERGUE””, el Decreto N° 839/2024, 36/2025 los expedientes Nº 4118-07441/2024, el Nº 4118-01813/2025 y el Nº 4118-01812/2025 y el Nº 4118-03247; y
Considerando
Que mediante el Decreto N° 839/2024 se adjudica a la Ing. Osvaldo Daniel Meliendrez, con domicilio en la calle 8 Nº 1373 de la ciudad de 25 de Mayo, la Licitación Pública Nº 9/2024 para la obra “TERMINACIÓN DEL HOGAR ALBERGUE”; y en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 72/100 ($85.198.769,72) IVA incluido, según constancias obrantes en el expediente Nº 4118-04440/2024;
Que en el expediente N° 4118-03247/2025 solicita la Redeterminación de Precio del Certificado de Obra Nº 6;
Que consta cálculo de variación de referencia elaborado por la Secretaría de Hacienda, donde surge que la Redeterminación de Precios correspondiente al certificado de Anticipo Financiero y Certificado de Obra Nº 6 debe ser por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVA MIL SEISCIENTOS SEIS CON 94/100 CENTAVOS ($1.899.606,94.-);
Que Contaduría informa la imputación presupuestaria del caso;
Que el Intendente Municipal autoriza el pago y la Oficina de Contaduría Municipal solicita se disponga el acto que autorice la Redeterminación bajo análisis;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1°): Dispóngase el reconocimiento de la Redeterminación de Precios correspondiente al Certificado de Obra Nº 6 a favor del Ing. Osvaldo Daniel Meliendrez, con domicilio en la calle 8 Nº 1373 de la ciudad de 25 de Mayo, la Licitación Pública Nº 9/2024 para la obra “TERMINACIÓN DEL HOGAR ALBERGUE”, en la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVA MIL SEISCIENTOS SEIS CON 94/100 CENTAVOS ($1.899.606,94.-) según constancias obrantes en los Expedientes del Visto.
Artículo 2°): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: 1110124000 - 54.57.00 - 110 - 4220.
Artículo 3°): Refréndese por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos.
Artículo 4°): Regístrese, comuníquese y archívese.