Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº492/2025

Decreto Nº 492/2025

Veinticinco de Mayo, 11/06/2025

Visto

el expediente Nº 4118-02355/2025, y:

Considerando

Que a fs. 1 se presenta el Sr. MARTI JUAN CARLOS, DNI Nº 15.511.382 (fs. 5) solicitando se exima del pago de la tasa por servicios públicos y sanitarios del inmueble identificado como Circunscripción I, Manzana 160 Parcela 9  Partida Municipal Nº 10954.

Que  a fs. 12 consta informe social suscripto por la Trabajadora Social, a fs. 6 título de propiedad;

Que de la documentación acompañada y del informe realizado por la trabajadora social municipal, surge la situación económica y social del solicitante;

Que la exención peticionada se enmarca en la ordenanza fiscal impositiva N.º 3434/2021- ANEXO I- 2022, artículo 127 y 128;

Que según la ordenanza fiscal 3434/2021 Artículo 146º las exenciones otorgadas de acuerdo a lo dispuesto en esta Ordenanza mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado o del inmueble comprendido;

Que la Dirección General de Legal y Técnica emitió el correspondiente dictamen (fs. 15);

Que la Secretaría de Hacienda (fs. 17) han emitido su dictamen, la que expresamente manifiesta “… esta secretaría, considera cumplidos los requisitos, y reconoce retroactivamente la mencionada eximición”;

 Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO

DECRETA:

Artículo 1º). Exímase de tasas por servicios públicos y sanitarios del contribuyente MARTI JUAN CARLOS, según Expediente 4118-002355 del inmueble identificado como Circunscripción I, Manzana 160 Parcela 9 Partida Municipal Nº 10954. La misma tendrá vigencia desde la solicitud y presentación de documentación pertinente, hasta el final del año calendario, debiendo presentar para su renovación la Declaración Jurada correspondiente indicando que no existen cambios respecto a las condiciones por la que fue otorgada la misma.

Artículo 2º). Refréndese por la Secretaría de Hacienda. -

Artículo 3º). Cúmplase, publíquese, notifíquese y archívese