Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 477/2025
Veinticinco de Mayo, 05/06/2025
Visto
el expediente N° 4118-02956/2025 caratulado: Concurso de Precios N° 8/2025 - "para la compra de juegos infantiles”;
Considerando
Que el día 20 de mayo de 2025 mediante decreto Nº 416/2025, el Sr. Intendente Municipal Dr. Ramiro Egüen aprueba el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso de Precios N° 8/2025 para la compra de Juegos Infantiles para Plazas de la ciudad cabecera y localidades del interior por la suma de pesos veinticuatro millones ($24.000.000,00.-) IVA incluido.
Que consta Acta de apertura de propuestas efectuadas por las siguientes firmas: Oferente N° 1: ER SRL y Oferente N° 2: Peltresur S.R.L., habiéndo sido invitada también a participar a LUXTEC.
Que de acuerdo a lo dictaminado por la Jefa de Compras y por la Secretaría de Hacienda, ambas recomiendan otorgar el concurso al Oferente N° 2 PELTRESUR S.R.L., por ser la oferta más conveniente.
Que el Sr. Intendente Municipal ordena el dictado del acto administrativo adjudicando el concurso de precios a la empresa PELTRESUR S.R.L. según constancias obrantes en el expediente N° 4118-02323/2025;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1°): Adjudíquese a PELTRESUR S.R.L. con domicilio en calle Loria N° 387 de la Localidad de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, el Concurso de Precios Nº 8/2025 para la compra de juegos infantiles para Plazas de los distintos barrios de la ciudad y localidades del partido de 25 de Mayo, de acuerdo a los considerandos de este decreto y las constancias obrantes en el expediente del Visto, por un monto total de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL ($23.900.000,00.) I.V.A incluido, y con la forma de pago ofrecida (cheques a 30 y 60 días)
Artículo 2°): Imputar la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida: Jurisdicción: 1110101000 Conducción Superior. Categoría Programática: 01.76.00 Embellecimiento Parques y Plazas Delegaciones. Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal. Partida del Gasto: 43650 Equipo Educacional Recreativo.
Artículo 3°): Refréndese por la Secretaría correspondiente.
Artículo 4°): Comuníquese, Regístrese y Archívese.