Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 473/2025
Veinticinco de Mayo, 02/06/2025
Visto
el expediente Nº 4118-05334/2024, y:
Considerando
Que a fs. 1 se presenta el Sr. LUIS DANIEL PICCIRILLI, DNI Nº 13.755.663 solicitando se exima del pago del impuesto automotor y respecto del dominio MGY546;
Que, del informe que luce a fs. 12, surge que si bien el automotor objeto de la presente eximición es titularidad del Sr. Luis Daniel Piccirilli (fs. 21 Titulo Automotor), se encuentra afectado al uso para su hijo Juan Cruz Piccirilli DNI 41.981.165
Que el peticionante adjunta la documentación requerida junto al Certificado de Discapacidad (CUD), el que luce a fs. 9;
Que la exención tributaria dispuesta por la ordenanza fiscal impositiva N.º 3434/2021- ANEXO I-FISCAL- resultante del artículo 134, apunta que “quedaran eximidos del 100% (cien por ciento) de esta tasa, las personas que son consideradas discapacitadas en los términos del art. 2 de la Ley 22.431 es decir: toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral”;
Que se encuentra acreditada su condición socio económica, como asimismo el uso del automóvil, con el informe socioambiental obrante a fs. 12 llevado a cabo por la trabajadora social Eva Guillermina Flores;
Que según la ordenanza fiscal 3434/2021 Artículo 146º las exenciones otorgadas de acuerdo a lo dispuesto en esta Ordenanza mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado o del inmueble comprendido;
Que la Dirección General de Legal y Técnica (fs. 15) y la Secretaría de Hacienda (fs. 19) han emitido sus respectivos dictámenes;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO
DECRETA:
Artículo 1º) Exímase del impuesto automotor al contribuyente LUIS DANIEL PICCIRILLI, D.N.I. Nº 13.755.663, según constancias del Expediente 4118-05334/2024, correspondiente al automotor dominio MGY546.
Artículo 2º) Refréndese por la Secretaría de Hacienda.
Artículo 3º) Cúmplase, publíquese, notifíquese y archívese.