Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 436/2025
Veinticinco de Mayo, 28/05/2025
Visto
el Expediente N° 4118-02946 caratulado: Conformación de Unidad de Hemodiálisis en el Hospital Municipal Saturnino E. Unzue;
Considerando
Que el día 15 de mayo de 2025 la Dra. Valeria Urus solicitó la creación de la unidad de Hemodiálisis aguda e insuficiencia renal crónica reagudizada para el Hospital Saturnino E. Unzue.
El fracaso renal agudo es una complicación hospitalaria frecuente y se asocia a una elevada mortalidad (50-70%) y a un elevado riesgo de desarrollo de enfermedad renal crónica, siendo el tratamiento indicado realizar HD.
Esta unidad se destinará a pacientes que, estando ya incluidos en tratamiento renal sustitutivo (pacientes crónicos), requieran hospitalización por un proceso agudo, o a pacientes con patología aguda que precisan temporalmente diálisis.
Dicha unidad deberá ofrecer asistencia multidisciplinaria en un espacio específico, que cumpla con requisitos funcionales, estructurales y organizativos, y garantizar las condiciones de seguridad, calidad y eficiencia para proporcionar tratamiento dialítico, de acuerdo con los criterios y con la adecuación que recomienda la evidencia, según ley 22853.
Es un recurso esencial para el manejo de la insuficiencia renal aguda e insuficiencia renal crónica reagudizada ya que permitirá controlar complicaciones, estabilizar al paciente, mejorar su calidad de vida al disminuir las eventuales secuelas y aumentar la probabilidad de recuperación, lo que redunda en aumento de sobrevida de los usuarios.
Que el Sr. Intendente ordena el dictado del acto administrativo, creando la Unidad de Hemodiálisis en el servicio de UTI del Hospital Saturnino E. Unzue.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1º): Créase la unidad de Hemodiálisis aguda para pacientes con insuficiencia renal aguda e insuficiencia renal crónica reagudizada en el Hospital Saturnino E. Unzue de la ciudad de 25 de Mayo.
Artículo 2º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría de Gobierno y Coordinación General.
Artículo 4º): Comuníquese, regístrese y archívese.