Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº419/2025

Decreto Nº 419/2025

Veinticinco de Mayo, 21/05/2025

Visto

el expediente N° 4118-02800/2025; y

Considerando

Que a fs. l consta nota de la Directora de Educación María Eugenia Mangialavori solicitando la renovación de la beca económica para los meses de abril, mayo y junio de 2025, conforme Ordenanza Municipal Nº3257/16;

Que los becados son estudiantes oriundos del partido de 25 de Mayo que están cursando estudios universitarios, terciarios o de formación laboral y tienen que trasladarse para poder llevar a cabo sus estudios;

Que a fs 29 el Contador Municipal informa la imputación presupuestaria del caso;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA:

Artículo 1º): Otórguese por el el mes de abril, mayo y junio, beca económica a los siguientes estudiantes, por los montos que a continuación se detallan:

Apellido y Nombre

CUIL

Abril

Mayo

Junio

TOTAL

Alem Mateo

20-47274033-5

$ 100.000

$ 100.000

$ 100.000

$ 300.000

Benitez Perez L.

27-95595721-6

$ 120.000

$ 120.000

$ 120.000

$ 360.000

Cintioli Villar Lara

27-44487148-8

$ 80.000

$ 80.000

$ 80.000

$ 240.000

Melgarejo Camila

27-45040793-9

$ 120.000

$ 120.000

$ 120.000

$ 360.000

Morales Thiara

27-45890332-3

$ 80.000

$ 80.000

$ 80.000

$ 240.000

Roldan Tomás

20-47274008-4

$ 60.000

$ 60.000

$ 60.000

$ 180.000

Tordó Mirko

20-43019020-3

$ 80.000

$ 80.000

$ 80.000

$ 240.000

Velazquez Camila

27-46684268-6

$ 40.000

$ 40.000

$ 40.000

$ 120.000

TOTAL

 

$ 680.000

$ 680.000

$ 680.000

$ 2.040.000

Artículo 2º): Impútese la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida presupuestaria: Becas a Estudiantes Mes de Mayo 2024 por 2.510.000,00 según Ordenanza 3257/2016. E Jurisdicción: 1110125000 Secretaría de Desarrollo Humano. Categoría Programática: 20.10.00 Apoyo a Estudiantes. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Partida del gasto: 5130 Transferencias al Sector Privado para financiar Gastos Corrientes

Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.

Artículo 4º): Regístrese, comuníquese y archívese.