Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº417/2025

Decreto Nº 417/2025

Veinticinco de Mayo, 20/05/2025

Visto

el expediente N° 4118-02899/2025; y

Considerando

Que a fs. l consta nota del agente Municipal ABEL OMAR REYNOSO, DNI 8.484.000 Legajo Nº 218 solicitando un préstamo según Ordenanza Nº1947/1988 por la suma de pesos ochocientos noventa y cinco mil trescientos ($895.300,00.-);

Que las razones invocadas por el agente municipal se encuentran comprendidas en los términos del art. 2 de la Ordenanza Municipal 1947/1988;

Que en cumplimiento del art. 9 de la Ordenanza Municipal, el préstamo ha sido avalado personalmente por los agentes YAMILA LUJAN BERLATO, DNI 27.626.153 y  GRACIELA EDITH SILLON, DNI 16.466.568 y por Alejandro Casas D.N.I. 23.859.314;

Que el monto será descontado del haber mensual, de mayo a noviembre del corriente año 2025, en siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos ciento veintisiete mil novecientos ($127.900.-);

Que el Contador Municipal informa la imputación presupuestaria del caso;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA:

Artículo 1º): Otórguese al Sr. ABEL OMAR REYNOSO, DNI 8.484.000, Legajo Nº 218, un préstamo según Ordenanza Nº1947/1988 por la suma de pesos ochocientos noventa y cinco mil trescientos ($895.300,00.-), pagaderos de mayo a noviembre del corriente año 2025, en siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos ciento veintisiete mil novecientos ($127.900.-), y descontado de sus haberes mensuales, de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente N° 4118-02899/2025.

Artículo 2º): Impútese la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110101000 Conducción Superior.  Categoría Programática: 01.01.00 Administración, Gestión y Control de Políticas Centrales.  Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.  Partida del gasto: 6214 Prestamos al Personal.

Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.

Artículo 4º): Regístrese, comuníquese y archívese.