Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 400/2025
Veinticinco de Mayo, 16/05/2025
Visto
el expediente N° 4118-02979/2025 caratulado: Licitación Privada Nº 17/2025, objeto del llamado: “Compra de medicamentos para abastecer al sistema Público de salud del distrito”;
Considerando
Que a fs. 1 del expediente de referencia, consta nota presentada por la Jefa de compras de la Municipalidad de 25 de Mayo, Noralí Garavaglia solicitando autorización para realizar la compra de medicamentos para abastecer al sistema Público de salud del distrito de 25 de Mayo;
Que se informa un valor de $97.500.000,00 (pesos noventa y siete millones quinientos mil) IVA incluido según presupuesto oficial;
Que el valor estimado de la erogación de $97.500.000 (pesos noventa y siete millones quinientos mil) IVA incluido encuadra dentro de los límites establecidos en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia para el llamado a Licitación Privada;
Que la Oficina de Contaduría informa a fs. 17 su partida presupuestaria;
Que habiéndose confeccionado al respecto el Pliego de Bases y Condiciones, resulta necesario proceder a la aprobación del mismo mediante el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1º): Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Privada Nº 17/2025 para la compra de medicamentos para abastecer al sistema Público de salud del distrito de 25 de Mayo. Ello según constancias obrantes en el expediente Nº 4118-02979/2025.
Artículo 2º): Llámese a Licitación Privada el día 4 de junio de 2025, a las 12 horas, en la Oficina de Compras y Suministros de la Municipalidad.
Artículo 3º): Imputar la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida: Jurisdicción: 1110121000 Secretaría de Gobierno, Categoría Programática: 18.01.00 Hospital Saturnino E. Unzue. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Partida del gasto: 2520 Productos Farmacéuticos y Medicinales.
Artículo 4º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.
Artículo 5º): Regístrese, Comuníquese y Archívese.