Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº341/2025

Decreto Nº 341/2025

Veinticinco de Mayo, 29/04/2025

Visto

el expediente Nº 4118-02553/2025, y;

Considerando

Que, a fs.1 consta la nota presentada por la Directora de Personal, Sra. María Cecilia Bucco, dando a conocer al Intendente Municipal el accionar del agente DANTE ALFREDO SAGARDOY, DNI 27.605.295, Legajo Nº 2237, quien se desempeña como Personal Técnico 4 de 30 horas semanales dependiente de la Delegación Municipal de la localidad de San Enrique, partido de la ciudad de 25 de Mayo;

Que, la Sra. Valeria Irigoitia, Delegada Municipal de localidad mencionada precedentemente, presenta nota a fs. 2 de las actuaciones de referencia, manifestando lo acaecido el día 8 de abril de 2025 en ocasión en el que agente SAGARDOY se encontraba prestando tareas;

Que, se da inicio a estas actuaciones con la denuncia obrante a fs. 1/12;

Que, ante la importancia las circunstancias expuestas, y las constancias adjuntas al expediente de referencia, resulta necesario instruir sumario al agente DANTE ALFREDO SAGARDOY, DNI 27.605.295, Legajo Nº 22373, a los fines de determinar las faltas conforme ley 14.656, a saber: 1) Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones, debidamente acreditado (art. 106 inc. 3); 2) Inconducta notoria (art. 107 inc. 3); 3)  Incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador (art. 107 inc. 4); 4) Quebrantamiento de las prohibiciones dispuestas por esta ley (art. 107 inc. 5); 5) Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma ( art. 107 inc. 10);

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

DECRETA

Artículo 1°): Instrúyase sumario administrativo al agente DANTE ALFREDO SAGARDOY, DNI 27.605.295, Legajo Nº 2237; para posteriormente resolver la aplicación de sanciones, en el caso de corresponder.

Artículo 2°): Desígnese Instructor Sumariante al Asesor Letrado Dr. Francisco RECALT, dando pase al mismo de estas actuaciones para su prosecución.

Artículo 3°): Refréndese por la correspondiente Secretaría.

Artículo 4°): Comuníquese, regístrese y archívese.