Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 318/2025
Veinticinco de Mayo, 22/04/2025
Visto
el expediente N° 4118-02276/2025; y
Considerando
Que mediante Nota de Entrada obrante en el Expte. del Visto se presenta el Secretario de Hacienda, adjuntando un formulario suscripto por el Sr. Bonafina Hugo Alberto, mediante el cual solicita la devolución de un porcentaje del importe abonado en concepto de tributo por Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal de la Partida Municipal Nº 101738; 100876 y 102052.
Que dicho porcentaje equivale a cuatro (4) cuotas abonadas erróneamente.
Que el importe a devolver correspondiente a la Partida Nº 101738 es de PESOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 46/100 ($33.324,46); el monto a devolver correspondiente a la Partida Nº 100876 es de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 28/100 ($46.298,28) y el monto a devolver correspondiente a la Partida Nº 102052 es de PESOS CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 88/100 ($161.671,88)
Que los pagos se encuentran debidamente imputados, se observa listado de cuotas y comprobante de CBU certificado por el Banco emisor.
Que a fs. 22 el Contador Municipal informa la partida presupuestaria aplicable.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA:
Artículo 1º): Procédase a la devolución de la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 62/100 (240.294,62), correspondiente a la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal al Sr. Bonafina Hugo Alberto.
Artículo 2º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110122000 Secretaría de Hacienda. Categoría Programática: 01.02.00 Dirección de Recaudación. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Rubro: 1210301 Conservación y mejorado de la Red Vial Municipal del Ejercicio. 1210301 Lucha contra las Plagas. 1290400 Fondo Cooperación Bomberos. 1290500 Fondo de Salud. 2250101 Fondo para Infraestructura Municipal.
Artículo 3º): Refrendese por la Secretaría de Hacienda.
Artículo 4º): Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese.