Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº293/2025

Decreto Nº 293/2025

Veinticinco de Mayo, 11/04/2025

Visto

el expediente N° 4118-02181/2025; y

Considerando

Que a fs. 1 se presenta el Secretario de Hacienda, adjuntando un formulario suscripto por la Sra. Ana Elisabet Bersi, mediante el cual solicita la devolución de un porcentaje del importe abonado en concepto de tributo por Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal de las Partidas Nº 100024, Nº 105448 y Nº 105018.

Que dicho porcentaje equivale a cuatro (4) cuotas abonadas erróneamente.

Que el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 100024 es de pesos quinientos cuarenta mil seiscientos ochenta y tres con 18/100 centavos ($540.683,18), el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 105448 es de cincuenta y nueve mil doscientos noventa y tres con 92/100 centavos ($59.293,92.-) y importe a devolver correspondiente a la partida Nº 105018 es de pesos once mil seiscientos sesenta y tres con 94/100 centavos ($11.663,94.-).

Que los pagos se encuentran debidamente imputados, se observa listado de cuotas y comprobante de CBU certificado por el Banco emisor.

Que a fs. 20 el Contador Municipal informa la partida presupuestaria aplicable.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

DECRETA:

Artículo 1º): Procédase a la devolución de la suma de pesos seiscientos once mil seiscientos cuarenta y uno con 04/100 centavos ($611.641,04.-) correspondiente a la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal a la Sra. Ana Elisabet Bersi D.N.I. Nº 21.579.688.

Artículo 2º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110122000 Secretaría de Hacienda. Categoría Programática: 01.02.00 Dirección de Recaudación. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Rubro: 1210301 Conservación y mejorado de la Red Vial Municipal del Ejercicio. 1210301 Lucha contra las Plagas. 1290400 Fondo Cooperación Bomberos. 1290500 Fondo de Salud. 2250101 Fondo para Infraestructura Municipal.

Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría de Hacienda.

Artículo 4º): Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese.