Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº290/2025

Decreto Nº 290/2025

Veinticinco de Mayo, 10/04/2025

Visto

el Expediente N° 4118-17871/2025

Considerando

Que a fs. 1 el Departamento Ejecutivo solicita a la Secretaria de Infraestructura y Servicios Públicos, que informe la existencia de documentos en su área que justifique la realización de la obra sita en calle 18 y 31 de nuestra ciudad.

Que a su vez requiere a la Unidad de Auditoría Interna (UAI) que informe de la existencia de documentos jurídicos en los registros oficiales que avalen la construcción ut supra mencionada.

Que con fecha 20 de marzo de 2025 el Arq. Luciano Cabrera titular de la secretaria de Infraestructura y Servicios Públicos informa que su área carece de la existencia de planos aprobados y de documentación que faculte a inspeccionar y/o controlar dicha obra.

Que con fecha 21 de marzo de 2025 la Unidad de Auditoría Interna informa la inexistencia de documentos jurídicos que avalen la construcción llevada a cabo en calle 18 y 31 de esta ciudad de 25 de Mayo. -

Que con fecha 25 de marzo de 2025 el Departamento Ejecutivo solicita al Honorable Concejo Deliberante, mediante nota dirigida al Señor Presidente Javier De Marcos solicitándole que manifieste acerca del dictado de cualquier tipo de normativa legal (Resoluciones, Decretos, Ordenanzas) que el Honorable Concejo Deliberante haya dictado en relación a la mencionada Obra.

Que con fecha 28 de marzo de 2025 el Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante informa que se ha dictado la Resolución N° 1/2022 en fecha 28 de marzo de 2022 que en su artículo 1 establece “Solicita al Departamento Ejecutivo que se continúe con la planificación del proyecto de un Centro de Atención Primaria para la Salud en calle 18 y 31 de la ciudad de 25 de Mayo, el cual es solicitado por los vecinos de la zona.. Asimismo informa que “en los registros de este Honorable Concejo Deliberante no consta Ordenanza, ni otro tipo de normativa legal similar, respecto al tema de referencia”.

Que atento lo informado a este Intendente Municipal, tanto por Áreas del D.E. como por el propio H.C.D. no pueden pasar inadvertidas la enorme cantidad de irregularidades a priori detectadas en el marco de la construcción de la obra del CAPS de calle 18 y 31.

Que bajo ningún punto de vista se pretende poner trabas a la construcción de un edificio que sería de gran importancia para toda la comunidad veinticinqueña, pero siendo que es la Municipalidad de 25 de Mayo quien debe gestionarlo, resulta necesario realizar las acciones tendientes a regularizar la situación.

Que por lo expuesto, corresponde ordenar a la Dirección de Legal y Técnica proceda a llevar a cabo las acciones tendientes a regularizar la situación fáctica actual respecto de la inexistencia de andamiaje jurídico detectado y realizar los actos jurídicos pertinentes a los fines de recuperar la posesión del bien situado en calle 18 y 31 de 25 de Mayo;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

DECRETA

Artículo 1º):  Instrúyase a la Dirección de Legal y Técnica a que proceda a iniciar todas las acciones prejudiciales y/o judiciales tendientes a regularizar la situación jurídica  y/o recuperar la posesión del bien sito en calle 18 y 31 de esta ciudad en la que se encuentra instalado el Centro de Atención  Primaria de la Salud ( CAPS ) .-

Artículo 2º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.

Artículo 3º): Regístrese, comuníquese y archívese.