Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº265/2025

Decreto Nº 265/2025

Veinticinco de Mayo, 08/04/2025

Visto

el expediente N° 4118-02098/2025; y

Considerando

Que a fs. 1 se presenta el Secretario de Hacienda, adjuntando un formulario suscripto por el Sr. Carlos Rubén Faraone, mediante el cual solicita la devolución de un porcentaje del importe abonado en concepto de tributo por Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal de las Partidas Nº 103478, Nº 103479, Nº 103480, Nº 101886 y Nº 101887.

Que dicho porcentaje equivale a cuatro (4) cuotas abonadas erróneamente.

Que el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 103478 es de pesos catorce mil setecientos treinta con 86/100 centavos ($14.730,86.-); el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 103479 es de pesos catorce mil setecientos treinta con 86/100 centavos ($14.730,86.-); el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 103480 es de pesos veintidós mil setecientos cincuenta y uno con 60/100 centavos ($22.751,60.-); el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 101886 es de pesos cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y cuatro con 38/100 centavos ($55.634,38.-) y el importe a devolver correspondiente a la partida Nº 101887 es de pesos ochenta mil ochocientos cinco con 90/100 centavos ($80.805,90.-).

Que los pagos se encuentran debidamente imputados, se observa listado de cuotas y comprobante de CBU certificado por el Banco emisor.

Que a fs. 22 el Contador Municipal informa la partida presupuestaria aplicable.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

DECRETA:

Artículo 1º): Procédase a la devolución de la suma de pesos ciento ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres con 60/100 centavos ($188.653,60.-) correspondiente a la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal al Sr. Carlos Rubén Faraone, D.N.I. Nº 5.260.711.

Artículo 2º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110122000 Secretaría de Hacienda. Categoría Programática: 01.02.00 Dirección de Recaudación. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Rubro: 1210301 Conservación y mejorado de la Red Vial Municipal del Ejercicio. 1210301 Lucha contra las Plagas. 1290400 Fondo Cooperación Bomberos. 1290500 Fondo de Salud. 2250101 Fondo para Infraestructura Municipal.

Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría de Hacienda.

Artículo 4º): Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese.