Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº207/2025

Decreto Nº 207/2025

Veinticinco de Mayo, 21/03/2025

Visto

el expediente Nº 4118-01454/2024 y

Considerando

Que a fs. 1 del expediente de referencia, el Secretario de Hacienda mediante nota solicita autorización para disponer la distribución presupuestaria correspondiente al bimestre enero-febrero de 2025 de la suma de pesos cuarenta y cinco millones seiscientos tres mil trescientos dieciocho con 78/100 ($45.603.318,78.-) correspondiente al Fondo de Cooperación con Bomberos Voluntarios del Partido de 25 de Mayo, según lo establecido en el Art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024.

Que solicita disponer del importe mencionado y distribuir el porcentaje que se detalla en el expediente citado a cada una de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios.

Que Contaduría informa la imputación presupuestaria del caso.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

DECRETA

Artículo 1º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 CENTAVOS ($6.514.759,83.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE 25 DE MAYO.

Artículo 2º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 CENTAVOS ($6.514.759,83.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE PEDERNALES.

Artículo 3º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 CENTAVOS ($6.514.759,83.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VALDES.

Artículo 4º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 CENTAVOS ($6.514.759,83.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE NORBERTO DE LA RIESTRA.

Artículo 5º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 CENTAVOS ($6.514.759,83.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE GOBERNADOR UGARTE.

Artículo 6): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 82/100 CENTAVOS ($6.514.759,82.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ENRIQUE.

Artículo 7º): Otórguese la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 81/100 CENTAVOS ($6.514.759,81.-) según lo establecido en el art. 158º de la Ordenanza Nº3434/2021 actualizada mediante Ordenanza Nº 3587/2024,, a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE DEL VALLE.

Artículo 8º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110121000 Secretaría de Gobierno. Categoría Programática: 27.00.00 Fondo de Cooperación Bomberos Voluntarios. Fuente de Financiamiento: 131 35.1.01.86 Fondo Cooperación Bomberos Voluntarios. Partida del gasto: 5170 Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro.

Artículo 9º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.

Artículo 10º): Regístrese, comuníquese y archívese.