Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 94/2025
Veinticinco de Mayo, 05/02/2025
Visto
el expediente Nº 4118-07512, y:
Considerando
Que a fs. 1 se presenta el señor RICARDO MARTIN GARAVAGLIA, DNI Nº 13.399.132 solicitando se exima del pago del impuesto automotor y respecto del dominio HVO 977;
Que, a fs.5 surge que el automotor objeto de la presente eximición es titularidad del solicitante.-
Que el peticionante adjunto el Certificado de Discapacidad (CUD), el que luce a fs. 4;
Que la exención tributaria dispuesta por la ordenanza fiscal impositiva N.º 3434/2021- ANEXO I-FISCAL- resultante del artículo 134, apunta que “quedaran eximidos del 100% (cien por ciento) de esta tasa, las personas que son consideradas discapacitadas en los términos del art. 2 de la Ley 22.431 es decir: toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral”;
Que se encuentra acreditada su condición socio económica, como asimismo el uso del automóvil, con el informe socioambiental obrante a fs. 8 ;
Que según la ordenanza fiscal 3434/2021 Artículo 146º las exenciones otorgadas de acuerdo a lo dispuesto en esta Ordenanza mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado o del inmueble comprendido;
Que la Dirección General de Legal y Técnica y la Secretaría de Hacienda han emitido sus respectivos dictámenes;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO
DECRETA:
Artículo 1º) Exímase del impuesto automotor al contribuyente RICARDO MARTIN GARAVAGLIA, DNI Nº 13.399.132, según constancias del Expediente 4118-07512, correspondiente al automotor dominio HVO 977 .
Artículo 2º) Refréndese por la Secretaría de Hacienda.
Artículo 3º) Cúmplase, publíquese, notifíquese y archívese.