Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 1097/2024
Veinticinco de Mayo, 13/12/2024
Visto
El art. 94° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que, el Departamento Ejecutivo como lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, realiza la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes para el período 2024-2025 en tiempo y forma, y luego eleva al H. Concejo Deliberante una nómina de treinta y dos (32) personas que se detallaron en el Decreto N° 525/2024;
Que, el Honorable Concejo Deliberante presenta pedido de información por intermedio de la Comisión de Reglamento correspondiente al Expte. N° 81/2024, el cual es contestada por el Departamento Ejecutivo:
Que, según se explican los motivos en la mencionada nota, ocho (8) personas incluidas en el Decreto N° 525/2024 no cumplen los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que, conforme al Artículo 94 de la Ley Orgánica de las Municipalidades el número de Mayores Contribuyentes debe alcanzar al del doble de los Concejales del H. Concejo Deliberante, y el Intendente la integrará o completará de oficio, por tal motivo eleva el presente Decreto para su estudio y tratamiento por el Honorable Concejo Deliberante;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
D E C R E T A
Artículo 1º): Intégrese de oficio el Listado de Mayores Contribuyentes para el período comprendido entre mayo de 2024 y abril de 2025, conforme lo establecido en el Artículo 90 inc. 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, según se detalla a continuación:
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APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. N° |
DOMICILIO |
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León Eduardo Alberto |
11.371.737 |
Calle 7 e/28 y 29 N° 958 |
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Montecchia Mario Augusto |
10.577.072 |
Calle 9 y 33 |
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Viceconte Julio Cesar |
16.267.866 |
Calle 33 N° 578 |
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Almaraz María Martina Luján |
35.220.612 |
Calle 18 y 35 |
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Ferrari Susana Beatriz |
6.358.137 |
Calle 9 y 303 |
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Miranda Irma Susana |
14.982.929 |
Pta.Urbana-Pedernales |
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Segismondi David Amilcar |
13.399.160 |
5 e/28 y 29 N° 943 |
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Michelini Marcela Alejandra |
20.615.588 |
San Martín 873-Pedernales |
Artículo 2º): Refréndese por la Secretaría de Gobierno y Coordinación General.
Artículo 3º): Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, dese al Registro de Decretos y oportunamente archívese.