Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº1097/2024

Decreto Nº 1097/2024

Veinticinco de Mayo, 13/12/2024

Visto

El art. 94° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que, el Departamento Ejecutivo como lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, realiza la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes para el período 2024-2025 en tiempo y forma, y luego eleva al H. Concejo Deliberante una nómina de treinta y dos (32) personas que se detallaron en el Decreto N° 525/2024;

Que, el Honorable Concejo Deliberante presenta pedido de información por intermedio de la Comisión de Reglamento correspondiente al Expte. N° 81/2024, el cual es contestada por el Departamento Ejecutivo:

Que, según se explican los motivos en la mencionada nota, ocho (8) personas incluidas en el Decreto N° 525/2024 no cumplen los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, conforme al Artículo 94 de la Ley Orgánica de las Municipalidades el número de Mayores Contribuyentes debe alcanzar al del doble de los Concejales del H. Concejo Deliberante, y el Intendente la integrará o completará de oficio, por tal motivo eleva el presente Decreto para su estudio y tratamiento por el Honorable Concejo Deliberante;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO

D E C R E T A

Artículo 1º): Intégrese de oficio el Listado de Mayores Contribuyentes para el período comprendido entre mayo de 2024 y abril de 2025, conforme lo establecido en el Artículo 90 inc. 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, según se detalla a continuación:

 

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I. N°

DOMICILIO

León Eduardo Alberto

11.371.737

Calle 7 e/28 y 29 N° 958

Montecchia Mario Augusto

10.577.072

Calle 9 y 33

Viceconte Julio Cesar

16.267.866

Calle 33 N° 578

Almaraz María Martina Luján

35.220.612

Calle 18 y 35

Ferrari Susana Beatriz

6.358.137

Calle 9 y 303

Miranda Irma Susana

14.982.929

Pta.Urbana-Pedernales

Segismondi David Amilcar

13.399.160

5 e/28 y 29 N° 943

Michelini Marcela Alejandra

20.615.588

San Martín 873-Pedernales

Artículo 2º): Refréndese por la Secretaría de Gobierno y Coordinación General.

Artículo 3º): Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, dese al Registro de Decretos y oportunamente archívese.