Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 1090/2024
Veinticinco de Mayo, 12/12/2024
Visto
el expediente 4118-04439/2024; y
Considerando
Que a fs. 19 del expediente del visto la Directora de Catastro y Regularización Dominial solicita la autorización para que se proceda al pago correspondiente a los aportes y gastos de visación correspondiente al Plano de Mensura de Usucapión que llevara a cabo, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XII, Sección A, Manzana 34, Parcela 7, Partida Inmobiliaria 8983.
Que dicha tarea es fundamental para avanzar con el trámite de regularización de dicho inmueble.
Que los aportes y gastos de visación suman un total de pesos ciento treinta y ocho mil setecientos treinta y seis con 82/100 centavos ($138.736,82.-) y corresponden a lo siguientes conceptos:
Que a fs. 20 adjunta copia del sistema SIAPA donde se detallan aportes y gastos.
Que a fs. 21 acompaña CBU y detalles de la cuenta del Consejo Profesional de Agrimensura.
Que a fs. 23 el Contador Municipal informa la imputación presupuestaria.
Que el Sr. Intendente Municipal autoriza lo solicitado.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1º): Autorícese el pago de la suma de pesos ciento treinta y ocho mil setecientos treinta y seis con 82/100 centavos ($138.736,82.-) en concepto de aportes y gastos de visación correspondiente al plano de Mensura de Usucapión correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XII, Sección A, Manzana 34, Parcela 7, Partida Inmobiliaria 8983, de acuerdo a los considerandos del presente decreto y a las constancias obrantes en el expediente municipal Nº 4118-04439/2024;
Artículo 2º): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110121000 Secretaría de Gobierno. Categoría Programática: 21.02.00 Incorporación de Tierras. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Partida del gasto: 3830 Derechos y Tasas.
Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría correspondiente.
Artículo 4º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.