Boletines/Lobería

Decreto Nº1365-25

Decreto Nº 1365-25

Lobería, 22/08/2025

REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y

Considerando

QUE, el Director de Servicios Públicos EMILIANO MARINIER, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de electricidad en la Casa de la Juventud de esta ciudad, a partir del 04 de agosto de 2025;
QUE, atento a no haberse presentado dicho requerimiento en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MÉNDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizó trabajos de electricidad en la Casa de la Juventud de esta ciudad, a partir del 04 de agosto de 2025.ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas se detallan a continuación:
• Colocar dos reflectores led de 50 watts en poste con fotocontrol para iluminación del frente, sacar dos bases de hormigón del patio y rellenar con tierra, colocar un toma corriente y hacer cableado para un compresor, colocar un panel led de 18 watts en el pasillo, cambiar un bastidor con tres teclas y acomodar un toma corriente en el pasillo.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 442.986,70.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 380.968,56.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S.  $ 53.158,40. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110111000 Secretaría de Innovación y Coordinación – 28 Dirección de Juventud y Educación – 03 Casa de la Juventud - 1.2.1.0. Retribuciones del cargo – F.F 132 De origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.