Boletines/Salto
Decreto Nº 0847/25
Salto, 07/03/2025
Visto
el Expediente Nº4099-32018/16 ALCANCE II LETRA B por el cual tramita la contratación para la ejecución de “Infraestructura básica para lotes en la ciudad de Salto - Red de Agua Potable y Red de Cloacas” en el marco del proyecto de enajenación de lotes surgidos del Consorcio Urbanístico celebrado entre la Municipalidad de Salto y la Familia Pedernera; y
Considerando
Que, a efectos de ejecutar la correspondiente obra, la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos ha elaborado la memoria Descriptiva, Memoria Técnica, Planos de Red de Agua Potable y Red Cloacal, Cómputo y Presupuesto Oficial por un monto que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO con 69/100 ($222.070.944,69);
Que, a fs. 2 de las referidas actuaciones obra la Providencia NºPV-2024-41136204-GDEBA-DEEYAPOPMMIYSPGP mediante la cual, la Dirección de Evaluación, Estudio y Análisis de Proyecto de Obra Pública Municipal – Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha determinado que el Proyecto se encuentra técnicamente viable y razonable desde el punto de vista económico;
Que, del informe producido por la Dirección de Compras surge que según el presupuesto que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO con 69/100 ($222.070.944,69) para la ejecución de la obra en cuestión, corresponde llamar a Licitación Pública según lo previsto por el artículo 133º de la Ley Orgánica de las Municipalidades para Licitación;
Que han tomado intervención las áreas contables municipales, manifestando que una vez ingresados los fondos mencionados se procederá a ampliar las Partidas Presupuestarias;
Que, por su parte, la Dirección de Asuntos Legales de esta Municipalidad en su Dictamen Nº0439/25 pone a consideración los modelos de pliegos que regirían el presente certamen, consignando que en virtud de lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades debería sancionarse el acto administrativo que apruebe el modelo de Pliego de Bases y Condiciones, fije el precio del mismo y autorice a la Dirección de Compras a realizar el correspondiente llamado a Licitación Pública;
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Cláusulas Legales Generales y Particulares que regirán el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA para la ejecución de la obra: “Infraestructura básica para lotes en la ciudad de Salto - Red de Agua Potable y Red de Cloacas” en el marco del proyecto de enajenación de lotes surgidos del Consorcio Urbanístico celebrado entre la Municipalidad de Salto y la Familia Pedernera; lo que tramita por Expediente Nº4099-32018/16 ALCANCE II LETRA B.-
ARTICULO 2º: Autorizar a la Dirección de Compras Municipal a llamar a LICITACIÓN PÚBLICA Nº01/25, para la contratación de la ejecución de obra pública municipal denominada “Infraestructura básica para lotes en la ciudad de Salto - Red de Agua Potable y Red de Cloacas” en los términos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones obrantes en el Expediente Nº4099-32018/16 ALCANCE II LETRA B.-
ARTICULO 3º: Fijar el valor de los Pliegos de Bases y Condiciones que regirán la LICITACIÓN PÚBLICA autorizada en el artículo precedente, en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL ($220.000.-).-
ARTICULO 4º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-