Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1467/25

Decreto Nº 1467/25

Mar Chiquita, 14/08/2025

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza  Nº 063/2025; y

 

Considerando

Que, dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;

Que, por la misma se autoriza la construcción por vía de excepción al Arq. Barella Diego, lote denominado catastralmente Circ. IV, Sección F, Manzana 116, Parcela 1, ubicado en calle Montevideo esquina Los Ángeles de la localidad de Santa Clara del Mar;

Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 063/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el día 13/08/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

 

ORDENANZA

VISTO

La Ley Orgánica de la Municipalidades 6769/58;

 El Expediente N° 172/HC/2025, referente a la solicitud de excepción del Arquitecto Diego Barella y;

 

CONSIDERANDO

Que dicha solicitud hace referencia a la posibilidad de construir hasta un 100% de la superficie del lote denominado catastralmente como Circunscripción IV, Sección F, Manzana 116, Parcela 1, ubicado en calle Montevideo esquina Los Ángeles de la localidad de Santa Clara del Mar para uso comercial;

Que el lote tiene 241,65 metros cuadrados de superficie;

Que el Reglamento de Edificación y Zonificación en su Sección 3, Cap. 3, Art. 2 y la Resolución 006, autorizan superar el F.O.S. hasta un 100% para terrenos en esquina o irregulares, hasta 240 mts2;

Que en este caso el lote de referencia se excede en 1,65 mts2;

Que, por otro lado, en el punto 2b de dicha Resolución, se exige la construcción de un sótano con acceso desde la vereda, en el caso de construir más de un 85% de la superficie del lote;

Que es la intención del propietario del lote invertir en la ciudad, generando nuevos puestos de trabajo en construcción y posterior uso de los locales;

 

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°. AUTORICESE la construcción por vía de excepción al Arquitecto Barella, Diego, del 100% del lote denominado catastralmente Circ. IV, Sección F, Manzana 116, Pardela 1, ubicado en calle Montevideo esquina Los Ángeles de la localidad de Santa Clara del Mar para uso comercial. Dicha autorización quedará sujeta a la presentación por parte del titular del inmueble, de toda la documentación requerida por la Secretaría de Obras Privadas. 

ARTICULO 2°: EXIMASE de la construcción del sótano, según lo requiere la resolución 006. 

ARTICULO 3°: APLIQUESE la multa correspondiente por el exceso de metros cuadrados construidos. 

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a la Secretaría de Obras Privadas a sus efectos, al Departamento Ejecutivo, a quien corresponda, regístrese, publíquese y cumplido archívese. 

ORDENANZA N° 063

Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 13 días del mes de agosto del año 2025.-