Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1438/25

Decreto Nº 1438/25

Mar Chiquita, 07/08/2025

Visto

El Expediente Nº 634/2025 denominado “MOTOR PARA VEHICULO AE931KX”; y

Considerando

Que, en el mencionado Expediente obra agregada nota del Secretario de Inspección General Sr. Gustavo Mario Rivadavia, solicitando autorización para que se proceda a la adquisición y reemplazo del motor del vehículo oficial Dominio AE934KX;

Que en su solicitud, acompaña informe de evaluación y diagnostico técnico sobre rotura de motor mediante el cual se informa que resulta inviable la reparación del vehículo referido, sugiriendo su reemplazo para garantizar el buen funcionamiento del rodado;

Que dicho reemplazo se torna necesario para el normal uso del rodado, garantizando el cumplimiento de las tareas requeridas para el cual es utilizado diariamente;

 Que, en el marco de lo expuesto resulta factible la aplicación del régimen de excepción pautado en el artículo 156º inc. 6) de la Ley Orgánica de las Municipalidades: “La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general”

Que, atendiendo a las razones precedentemente expuestas y conforme a fundamentos de oportunidad, mérito y conveniencia, se estima procedente el dictado del acto administrativo.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

DECRETA

ARTICULO 1º: CONTRATESE, bajo la modalidad de Compra Directa, en los términos del Artículo 156º inciso 6) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la adquisición de motor para vehículo Dominio AE931KX, por un valor de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETENTA Y SEIS CON 40/100 CENTAVOS ($ 12.298.076,40), de conformidad con los Considerandos del presente.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande la presente operación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1110122000 – Cat. Progr: 01.00.00 – Partida 4.3.8.0 -Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: PROSIGANSE, las actuaciones administrativas pertinentes a través de la Oficina de Compras.

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Inspección General Sr. Gustavo Mario Rivadavia y por  la Secretaria de Economía Marcela Cecilia Lallera.-