Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1415/25
Mar Chiquita, 01/08/2025
Visto
La no presentada por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon, solicitando la recategorización del Sr. Rubano, Pablo Darío como Personal Mensualizado Ambulanciero dependiente de dicha Secretaría; y
Considerando
Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados municipales y personal temporario;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DESE DE BAJA, a partir del 31 de julio del corriente año, la designación del agente RUBANO, PABLO DARÍO Legajo N° 4738, DNI N° 42.574.316, CUIL N° 20-42574316-4, al cargo de PERSONAL MENSUALIZADO DE SERVICIO - 40 HORAS SEMANALES – CATEGORIA 4-D, dependiente de la Secretaria de Salud, designado mediante Decreto Nº 1163/25.
ARTICULO 2º: DESIGNASE, como PERSONAL MENSUALIZADO AMBULANCIERO - 40 HORAS SEMANALES para cumplir tareas en el CAPS DE SANTA CLARA DEL MAR dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del día de la fecha y hasta el día 31 de diciembre de 2025 inclusive, a la siguiente persona:
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APELLIDO Y NOMBRE |
JURISDICC. |
PROG. |
P. MENS |
CAT |
NAC |
CUIL |
LEG |
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RUBANO, Pablo Darío |
1110128000 |
81.00 |
1.2.0.0 |
1 |
05/11/1977 |
20-26335503-3 |
4738 |
ARTICULO 3º: ABONESE, a partir del día de la fecha y hasta 31 de diciembre de 2025 la Bonificación por Vehículo a Cargo (Ambulancias) al agente municipal dependiente de la Secretaría de Salud:
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LEG. |
NOMBRE Y APELLIDO |
CUIL |
% |
JURISDICCIÓN |
VEHICULO |
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4738 |
RUBANO, Pablo Darío |
20-26335503-3 |
20% |
1110128000 |
Renault kangoo AG933NG |
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, al interesado en legal forma, comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Oficial.