Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1397/25
Mar Chiquita, 31/07/2025
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 062/2025; y
Considerando
Que, dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;
Que, por la misma se revoca la donación efectuada por la Ordenanza Municipal Nº 20/2013. Asimismo se autoriza al Intendente a suscribir Convenio de Servidumbre de Electroducto con la Direccion Provincial de Energía de la Provincia de Buenos Aires, respecto del inmueble denominado catastralmente como Circ: IV, Secc: C, Mz: 2a, Parcela: 2;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 062/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el día 30/07/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
La Ordenanza 20/2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el año 2013, el Honorable Concejo Deliberante aprobó la donación de un lote a COOPERATIVA ARBOLITO para la construcción de un depósito de materiales y distintos elementos, cuya nomenclatura catastral es Circ. IV – Sección C, Manzana 2a, Parcela 2.
Que dicha obra no fue realizada, atento que se venía trabajando en la posibilidad de gestionar una obra de energía que traería beneficios a los vecinos de la zona de Mar de Cobo y sus alrededores.
Que la obra de energía consta de la construcción de una línea de media tensión de 33 kV que interconectara una nueva ET 33/13.2 kV rural a nivel.
Que la Dirección Provincia de Energía, necesita una parcela de 50 x 50 metros para poder instalar la nueva Estación Transformadora en la zona de Parque Lago.
Que la parcela donada en su oportunidad a la COOPERATIVA ARBOLITO cumple con los requisitos técnicos para la instalación del mencionado transformador.
Que es muy importante remarcar, que el recupero de este inmueble por parte del Municipio, serán fundamental para instalar la Estación Transformadora y ampliar la capacidad de energía brindad a los vecinos de Mar de Cobo y sus alrededores.
Que en el mencionado expediente se encuentra la Memoria Descriptiva de la Obra.
Que, para la construcción de la Estación Transformadora, el Municipio debería suscribir contrato de Servidumbre de Electroducto con la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de Buenos Aires.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1: DEROGUESE, en todos sus términos la Ordenanza Municipal N° 20/2013, de acuerdo al considerando de la presente.
ARTICULO 2: AUTORIZAR al Intendente a suscribir el convenio de Servidumbre de Electroducto con la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de Buenos Aires conforme ANEXO I.
ARTICULO 3: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo para que, a través de las áreas que correspondan, arbitre las medidas jurídicas que resulten pertinentes a fin de materializar la derogación dispuesta en el artículo 1.
ARTICULO 3: COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo a sus efectos y a quienes corresponda. Regístrese y archívese.
ORDENANZA Nº 062
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de julio del año 2025.-
ANEXO
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