Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1396/25
Mar Chiquita, 31/07/2025
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 059/2025; y
Considerando
Que, dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;
Que, por la misma se desafecta del Dominio Público Municipal el inmueble denominado catastralmente como Circ: IV, Secc: C, Mz: 20, Parcela 1;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 059/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el día 30/07/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial. -
ORDENANZA
VISTO
El expediente Municipal N°576-2025 Caratulado “SOLICITUD
Que CLUB PESCADORES MAR DE COBO es una entidad de bien Público; DONACION TERRENO SEDE CLUB PESCADORES MAR DE COBO’’ y;
CONSIDERANDO
Que el Club presento una nota solicitando la donación de un lote para poder construir su sede, nota firmada por más de 500 vecinos y con notas de adhesión de diferentes organizaciones de Mar Chiquita, que ven positivo el emplazamiento de una sede para generar más beneficios a los vecinos de la zona;
Que en este caso particular la donación es solicitada para la realización de su sede donde se realizaran actividades correspondientes al deporte, pero también con un enfoque en el turismo;
Que la secretaria de Gobierno considera pertinente la donación del 50% de una Reserva de Equipamiento Comunitario, que se encuentra en la localidad de Parque Lago, denominado catastralmente como Circunscripción: 4 Sección: C Manzana: 20, Parcela: 1;
Que la parcela tendría una superficie de 1,1749.99 mt2, superficie más que suficiente para la implantación de una sede. Proyecto adjunto en la ordenanza como ANEXO I;
Que es importante destacar que los RESERVAS DE EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS pasan a ser de dominio municipal por medio del decreto ley 8912/77;
Que se entiende por equipamiento comunitario a las edificaciones o instalaciones destinadas a satisfacer las necesidades de la comunidad en materia social, de salud, educación, aprovisionamiento, cultura, administración pública, recreación, seguridad, comunicaciones y transportes;
Que, para poder realizar la inscripción de la donación, es importante incorporar el Equipamiento Comunitario al dominio privado de la Municipalidad, conforme a Disposición Técnica Registral DISTR-2024-4-GDEBA-DPRPMECONGP;
Que la Ley 10.830 permite realizar regularizaciones dominiales de interés social, que involucren a Asociaciones cuando así lo requiera el poder ejecutivo;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1º: DESAFECTESE del Dominio Público Municipal el inmueble denominado catastralmente Circunscripción: 4 Sección: C Manzana: 20 Parcela: 1 Partida Inmobiliaria: 69- 17892.
ARTICULO 2º: INCORPORAR el sector desafectado en el artículo primero al dominio privado municipal incluyéndolo en el Banco de Tierras creado por Ordenanza Municipal N° 28/2020, conforme Disposición Técnica Registral DISTR-2024-4-GDEBA-DPRPMECONGP.
ARTICULO 3º: DECLARAR de interés social la subdivisión de la parcela según ANEXO I.
ARTICULO 4º: CREAR dos parcelas, conforme al Croquis/ANEXO I.
ARTICULO 5º: DONASE, a Asociación Civil Club Pescadores Mar de Cobo, el lote 1a una vez cumplimentados los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ordenanza. -
ARTÍCULO 6º: DECLARASE de Interés Social la Escrituración de Donación realizada de los inmuebles mencionados en el artículo precedente.
ARTÍCULO 7º: CONTINUESE, los trámites para la transmisión de dominio, por ante la Escribanía General de Gobierno.
ARTÍCULO 8º: COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo a sus efectos, a quienes corresponda, registrase y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 059
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de julio del año 2025.-
ANEXO
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