Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1393/25
Mar Chiquita, 31/07/2025
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 054/2025; y
Considerando
Que, dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;
Que, por la misma se desautorizó lo solicitado por el Arquitecto Blas Emiliano sobre el “retiro obligatorio de medianera” en lote 2420 Fracción II, Parcela 6 del Barrio Tipantú;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 054/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el día 30/07/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
La nota enviada por el Arquitecto Emiliano Blas referente solicitando excepción al retiro requerido en medianera en el lote 6, Fracción 13, del proyecto emplazado en el inmueble cuya nomenclatura Catastral es Circ. IV - Parcela 48 S, y;
CONSIDERNDO
Que en la Ordenanza N° 050/22, en su artículo 1 se convalida el convenio Urbanístico N° 180, en el marco de las Leyes Provinciales N° 14.449 de Acceso Justo al Hábitat y N° 8912/77 de Uso de Suelo, correspondiente al desarrollo del conjunto inmobiliario tipo Barrio Abierto denominado “Organización Tipantú S.A.”;
Que en el Anexo III de dicho convenio se establecen los indicadores urbanísticos específicos para dicho emprendimiento, entre los cuales se definen los siguientes retiros obligatorios:
Retiro de frente: 4 metros
Retiro de fondo: 4 metros
Retiro lateral: 4 metros a cada lado
Que, en este caso se solicita la excepción a uno de los retiros laterales;
POR ELLO
EL HONORBE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1°: DESAPRUEBESE lo solicitado por el Arquitecto Blas, Emiliano sobre “retiro obligatorio de medianera” en lote 6, Fracción 13, del proyecto emplazado en el inmueble cuya nomenclatura Catastral es Circ. IV - Parcela 48 S, por los vistos y considerandos mencionados anteriormente.
ARTICULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento ejecutivo, al interesado a sus efectos, regístrese, publíquese y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 054
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de julio del año 2025.-